Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. VII-P-SS-317

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA FEDERAL
VII-P-SS-317
EMPRESAS DE PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITA-
RIA, SUS ACTOS DE AUTORIDAD SON IMPUGNABLES
VÍA JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.- El artículo
Federal dispone que el Poder Ejecutivo se auxiliará de las
entidades de la administración pública, dentro de las cuales
en el ámbito paraestatal se encuentran comprendidas las
empresas de participación estatal mayoritaria. Por su parte,
el artículo 1 de la Ley Federal de Procedimiento Adminis-
trativo, dispone que las empresas de participación estatal
formarán parte de la Administración Pública Federal. En ese
entendido, las empresas de participación estatal mayoritaria
al ser integrantes de la Administración Pública Federal, cuya
función fue concebida por el legislador como la de conjuntar
los factores necesarios para alcanzar los nes propios del
Estado, para los cuales fueron constituidas, sustituyendo a
este en funciones que le son propias como la prestación de
servicios públicos, entonces, las actuaciones que al efecto
emitan estas empresas en un plano de supra a subordinación
con el gobernado deben reputarse como provenientes de una
autoridad. De tal manera, que al regirse dichas empresas
por disposiciones de derecho público, como lo es, la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo; entonces, aquellos
actos que deriven de una relación de supra a subordinación
con el justiciable pueden ser impugnados a través del juicio
contencioso administrativo, en términos de lo establecido por

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