Ley sobre Libertad de Cultos Veracruz, 4 de diciembre de 1860

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Precedida de la nota con que fue circulada por el
Ministerio de Justicia.
México, imprenta de Vicente García Torres, Calle
de San Juan de Letrán núm. 3, 1861.
Ministerio de justicia e instrucción pública.
Circular
Un motín escandaloso y la guerra que produjo,
más cruenta y asoladora que cuantas habían des-
garrado el seno de la patria después de su inde-
pendencia, impusieron al gobierno de la Unión el
imperioso deber de sancionar las leyes de la Re-
forma. La paz en cuyas aras se habían sacrificado
tantas veces los grandes principios que esas
leyes proclamaron, estaba turbada ya, más hon-
damente que nunca, gracias al furor insano des-
plegado por los eternos enemigos de la democra-
cia en México.
El poder en quien la nación había depositado
su confianza hubiera cometido un error funesto,
reduciéndose a promover la restauración de la
paz incierta y miserable que dejaban por el
tiempo de su voluntad los hombres de los privile-
gios a la República, ya fatigada con razón, de su
inmensa y mal pagada generosidad. Jamás en
ningunas circunstancias ha dudado el gobierno
federal del glorioso vencimiento que habrá de co-
ronar el heroico esfuerzo de la nación; pero aun-
que sólo hubiese fijado la vista en los desastres
infinitos de esta guerra, no podía sin manifiesta
falta de patriotismo y de cordura olvidar un mo-
mento, que la tranquilidad y la dicha, el honor
y la independencia de la nación, todo quedaría
terriblemente comprometido si el porvenir de
México después de la indefectible pero costosí-
sima victoria del pueblo, continuara todavía ex-
puesto a nuevas turbulencias y alborotos. Debía
por lo mismo completarse sin demora el programa
de la libertad, de la igualdad y del progreso.
La República ha puesto el sello de su volun-
tad soberana a las leyes de Reforma y los sacrifi-
cios que ha prodigado por sostenerlas, hacen de
ellas una parte muy preciosa del derecho nacional.
Constitución y Reforma ha sido el grito de guerra,
mil y mil veces repetido en esta embravecida
contienda, cuyo fausto desenlace tocamos ya con
las manos, puesto que dentro de breves días la
Constitución y la Reforma inicuamente rechaza-
das, serán una verdad hasta en el último atrinche-
ramiento de los rebeldes.
La prolongación de esta lucha no prueba
falta de una voluntad generalizada en todo el país
para defender sus instituciones; acusa sí, la exis-
tencia y las profundas ramificaciones de esos
abusos seculares que formaban el patrimonio y el
orgullo de las clases prepotentes, y que no era
posible arrancar de raíz sino a costa de esfuerzos
grandes y reiterados. La suerte de las batallas
que en los primeros tiempos de la contienda se
declaró varias veces en nuestro daño, argüía, como
Ley sobre Libertad de Cultos
Veracruz, 4 de diciembre de 1860
1860
TEXT O ORI GINA L
*Fuente: M. Payno, Colección de las Leyes, Decretos, Circulares y Providencias Relativas a la desamortización eclesiástica, a la nacionaliza-
ción de los bienes de corporaciones y a la Reforma de la Legislación Civil que tenía relación con el culto y con la Iglesia, México, Imp. de J. Abadiano,
1861, t. II, pp. 281-342.

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