Ley del Impuesto al Valor Agregado. VI-TASR-XL-36

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
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mismas se haya declarado la nulidad del mismo acto de autoridad, pues puede suce-
der, como aconteció en la especie, que tanto la empresa importadora como el agente
aduanal promovieron por separado juicio de nulidad en contra de la misma resolu-
ción, dando como resultado dos sentencias declaratorias de nulidad para determina-
dos efectos, y en ese sentido, la autoridad debió emitir una resolución en cumpli-
miento a cada una de las sentencias y no así, una sola resolución haciendo alusión a
ambos juicios, pues ello deja en completo estado de indefensión a la parte que no
intervino en el juicio del que derivó el acto combatido.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1951/09-13-02-1.- Resuelto por la Segunda
Sala Regional del Golfo del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 4
de junio de 2010, por unanimidad de votos.- Magistrada Instructora: Juana Griselda
Dávila Ojeda.- Secretaria: Lic. Claudia Selene Sagrero Rosas.
LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
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CONCEPTOS PREVISTOS DENTRO DE LA FRACCIÓN II, INCISO H),
DEL ARTÍCULO 2-A DE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO,
PARA LA APLICACIÓN DE LA TASA DEL 0%. EL SUMINISTRO DE AGUA
PARA USO DOMÉSTICO SE UBICA EN LOS SUPUESTOS DE EXCEP-
CIÓN.- El artículo 2-A, fracción II, inciso h) de la Ley del Impuesto al Valor Agregado,
que establece una tasa excepcional del 0% para efectos del cálculo del impuesto al
valor agregado, es de aplicación estricta en términos del artículo 5° del Código Fiscal
de la Federación; por eso, cuando la autoridad demandada en el acto combatido
señale que los únicos servicios que se encuentran afectos a la tasa del 0% corresponden
a los de suministro de agua para uso doméstico, lo cual es la aplicación de agua
nacional para el uso particular de las personas y del hogar, riego de los jardines y de
árboles de ornato, incluyendo el abrevadero de animales domésticos, su apreciación
es contraria a derecho, al no considerar que los servicios de conexión, reconexión,

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