Ley del Impuesto sobre la Renta. VII-TASR-NOII-11

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
Fiscal de la Federación, tratándose de las formalidades para la identifi cación
del personal que lleva a cabo la notifi cación de actos emitidos dentro de la
revisión, no resultan aplicables las que regula el artículo 44, fracción III,
de dicho Código; pues dicha disposición legal resulta inaplicable al caso, al
tratarse de una norma que regula exclusivamente las formalidades a seguir
por los visitadores dentro de una visita domiciliaria; sin que resulten apli-
cables por analogía las formalidades que prevé el artículo 44 del Código
Fiscal de la Federación, pues no existe similitud entre la realización de una
visita domiciliaria y la revisión de la contabilidad que se lleva a cabo en el
domicilio de la autoridad, la primera de ellas, es una verifi cación que por su
naturaleza, conlleva mayor exigencia para la actuación de la autoridad, por
tratarse de una revisión donde se lleva a cabo la intromisión en el domicilio
de la contribuyente revisada.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 79/11-02-01-6.- Resuelto por la
Sala Regional del Noroeste II del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Ad-
ministrativa, el 2 de mayo de 2012, por unanimidad de votos.- Magistrado
Instructor: Carlos Miguel Moreno Encinas.- Secretaria: Lic. María Teresa
del Socorro Sujo Nava.
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
VII-TASR-NOII-11
ESTÍMULO FISCAL.- PARA SU APLICACIÓN DEBE SUJETAR-
SE A LOS PORCENTAJES ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO
TERCERO DEL DECRETO QUE LO DISPONE EN MATERIA DE
DEDUCCIÓN INMEDIATA DE BIENES NUEVOS DE ACTIVO FIJO,
PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EL
20 DE JUNIO DE 2003.- El artículo 220, de la Ley del Impuesto sobre la
Renta, vigente en el ejercicio de 2003, establece que “Los contribuyentes del
Título II y del Capítulo II del Título IV de esta ley, podrán optar por efectuar
la deducción inmediata de la inversión de bienes nuevos de activo fi jo, en
lugar de las previstas en los artículos 37 y 43 de la ley, deduciendo en el

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