Ley del Impuesto sobre la Renta. VI-TASR-XL-34

Páginas514-515
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
514
SEGUNDA SALA REGIONAL DEL GOLFO
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
VI-TASR-XL-34
RÉGIMEN INTERMEDIO DE PERSONAS FÍSICAS CON ACTIVIDADES
EMPRESARIALES. LOS CONTRIBUYENTES QUE TRIBUTEN BAJO
ESE RÉGIMEN ESTÁN OBLIGADOS A LLEVAR SU CONTABILIDAD
EN TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 133, FRACCIÓN II Y 134, FRAC-
CIÓN I, AMBOS DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DE-
BIENDO CUMPLIR ADEMÁS CON LAS OBLIGACIONES QUE AL EFEC-
TO SEÑALE EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA EN LA
GUÍA DE OBSERVACIONES QUE AL EFECTO EXPIDA.- De una correcta
interpretación de los artículos 133, fracción II y 134, fracción I, ambos de la Ley del
Impuesto sobre la Renta, se advierte que los contribuyentes sujetos a la Sección II,
del Régimen Intermedio de las Personas Físicas con Actividades Empresariales, no
están exentas de llevar contabilidad, sino que tienen la facilidad de llevar un solo libro
de ingresos, egresos y de registro de inversiones y deducciones, en lugar de llevar la
contabilidad a que se refiere la fracción II del artículo 133 de la Ley del Impuesto
sobre la Renta, sujeta a las exigencias y formalidades previstas en el Código Fiscal de
la Federación y en su Reglamento. De manera que si la autoridad solicitó, entre otra
documentación, la consistente en la declaración anual, pagos provisionales, libro de
ingresos, egresos y registro de inversiones y deducciones, estados de cuenta banca-
rios, contratos celebrados con clientes y proveedores de bienes y/o servicios inclu-
yendo anexos y estimaciones, al formar parte todos ellos de la contabilidad del con-
tribuyente, éste se encontraba obligado a exhibirlos de conformidad con las disposi-
ciones legales precisadas.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2635/09-13-02-7.- Resuelto por la Segunda
Sala Regional del Golfo del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 19

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