Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo

AutorJosé Pérez Chavez/Raymundo Fol Olguin
Páginas97-97

Page 97

1. Derogación de la Ley del IDE

Se abroga la LIDE, publicada en el DOF el 1o./X/2007. Al respecto, se estará a lo siguiente:

  1. A partir del 1o./I/2014, quedan sin efecto las resoluciones y disposiciones administrativas de carácter general y las resoluciones a consultas, interpretaciones, autorizaciones o permisos otorgados a título particular, en materia del impuesto establecido en la LIDE abrogada, sin perjuicio de lo dispuesto en el siguiente número.

  2. Las obligaciones y los derechos derivados de la LIDE abrogada, que hubieran nacido durante su vigencia, por la realización de las situaciones jurídicas o de hecho previstas en dicha Ley, deberán cumplirse conforme a los montos, formas y plazos establecidos en dicho ordenamiento y en las demás disposiciones aplicables, así como en las resoluciones a consultas, interpretaciones, autorizaciones o permisos de carácter general o que se hayan otorgado a título particular en materia del impuesto establecido durante la vigencia de la Ley abrogada.

  3. Las instituciones del sistema financiero deberán entregar a los contribuyentes las constancias que acrediten el entero o, en su caso, el importe no recaudado del IDE correspondientes a diciembre de 2013, a más tardar el 10/I/2014, y al ejercicio de 2013, a más tardar el 15/II/2014.

  4. Si de la información que se presente el 15/II/2014, en relación con el IDE recaudado y el pendiente de recaudar se comprueba que existe un saldo a pagar del citado impuesto, las autoridades notificarán al contribuyente dicha circunstancia y, en su caso, determinarán el crédito fiscal en los términos y condiciones establecidos en los artículos 5o. y 6o. de la LIDE abrogada.

  5. El IDE efectivamente pagado durante la vigencia de la LIDE abrogada (del 1o./VII/2008 al 31/XII/2013) que no se haya acreditado, podrá acreditarse, compensarse o solicitarse en devolución hasta agotarlo, en los términos y condiciones establecidos en los artículos 7o. a 10 de dicho ordenamiento.

Las...

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