Ley del Impuesto al Activo

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
SALAS REGIONALES
PRIMERA SALA REGIONAL METROPOLITANA
LEY DEL IMPUESTO AL ACTIVO
IMPUESTO AL ACTIVO. LAS ACCIONES EMITIDAS POR PERSONAS
MORALES EN EL EXTRANJERO SON TÍTULOS DE CRÉDITO Y COMO
TAL DEBEN SER CONSIDERADAS COMO ACTIVOS FINANCIEROS
PARA EFECTOS DEL ARTÍCULO 4 FRACCIÓN II DE LA LEY DEL IM-
PUESTO RELATIVO.- De conformidad con los artículos 5 de la Ley General de
las acciones de una persona moral son títulos de crédito que como tal, además de
circular confieren a su tenedor el derecho literal que en ellos se incorpora, por tanto,
las acciones emitidas por una persona moral residente en el extranjero constituyen
títulos de crédito, que para efectos del artículo 4 fracción II de la Ley del Impuesto al
Activo deben ser consideradas como activos financieros, además de que fue la inten-
ción del Legislador al realizar la reforma de fecha 26 de diciembre de 1990 del pre-
cepto legal citado, incluir las acciones como activos financieros con la expresa ex-
cepción de las acciones emitidas por las personas morales residentes en México. (1)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 38913/05-17-01-1.- Resuelto por la Primera
Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa,
el 2 de julio de 2007, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: Enrique
Rábago de la Hoz.- Secretario: Lic. Javier Armando Abreu Cruz.

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