Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. VIII-P-SS-354

Páginas118-119
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
PLENO 118
LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE
CUENTAS DE LA FEDERACIÓN
VIII-P-SS-354
RESPONSABILIDAD RESARCITORIA. LA OMISIÓN EN
LA COMPROBACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS
FEDERALES TRANSFERIDOS CON MOTIVO DE UN CON-
VENIO DE OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS, DA LUGAR
AL RESARCIMIENTO DEL DAÑO CORRESPONDIENTE A
LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL.- De conformidad con
el artículo 42, primer párrafo de la Ley General de Contabili-
dad Gubernamental, en relación con el artículo 66, fracción
III del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Res-
ponsabilidad Hacendaria, las operaciones presupuestarias
y contables deberán respaldarse con la documentación ori-
ginal que compruebe y justique los registros que se efec-
túen; entendiéndose por justicantes, las disposiciones y
documentos legales que determinen la obligación de hacer
un pago y, por comprobantes, los documentos que demues-
tren la entrega de las sumas de dinero correspondientes.
Por lo tanto, la omisión de comprobación del destino de los
recursos federales transferidos con motivo de un convenio
de otorgamiento de subsidios, celebrado entre el Gobierno
Federal y algún Estado o la Ciudad de México, da lugar a
la responsabilidad resarcitoria para obtener la indemniza-
ción y sanción pecuniaria correspondiente, de conformidad
con el artículo 52 de la Ley de Fiscalización y Rendición de
Cuentas de la Federación.

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