Ley Federal de Responsabilidad es Administrativas de los Servidores Públicos. VII-CASR-8ME-63

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CRITERIOS AISLADOS DE LA OCTAVA SALA REGIONAL METROPOLITANA
OCTAVA SALA REGIONAL METROPOLITANA
LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES
ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
VII-CASR-8ME-63
RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS
SERVIDORES PÚBLICOS. CONFORME AL ARTÍCULO 37,
FRACCIÓN I, DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, LA OBLI-
GACIÓN DE PRESENTAR LA DECLARACIÓN INICIAL
DE SITUACIÓN PATRIMONIAL, COMIENZA A PARTIR
DE LA FECHA EN QUE EL SERVIDOR PÚBLICO TOMÓ
POSESIÓN MATERIAL Y REAL DE SU EMPLEO, CARGO
O COMISIÓN.- De conformidad con el artículo 37, fracción I,
de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de
los Servidores Públicos, la declaración inicial de situación
patrimonial deberá presentarse dentro del plazo de sesenta
días naturales siguientes a la toma de posesión con motivo del
a) Ingreso al servicio público por primera vez; b) Reingreso al
servicio público después de sesenta días naturales de la con-
clusión de su último encargo; y c) Cambio de dependencia o
entidad, en cuyo caso no se presentará la de conclusión, cuya
omisión sin causa justi cada será sancionada con suspensión
al infractor de su empleo, cargo o comisión por un periodo
de quince a treinta días naturales, acorde al tercer párrafo de
dicho artículo. En este orden de ideas, la interpretación que
debe otorgarse a la fracción I, del aludido artículo 37, en lo
relativo a la “toma de posesión”, re ere al momento en que
se ejercen propiamente las funciones del empleo, cargo o

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