Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. VII-P-SS-299

Páginas42-128
42
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 13776/14-17-07-
3/605/15-PL-02-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior
del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en
sesión de 19 de agosto de 2015, por unanimidad de 11 votos
a favor.- Magistrada Ponente: Nora Elizabeth Urby Genel.-
Secretaria: Lic. María Laura Camorlinga Sosa.
(Tesis aprobada en sesión de 18 de noviembre de 2015)
LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS
PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES
VII-P-SS-299
LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONA-
LES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES. MOMENTO
OPORTUNO PARA CONTROVERTIR LAS IRREGULARI-
DADES COMETIDAS EN EL PROCEDIMIENTO DE VERI-
FICACIÓN INSTAURADO POR EL INSTITUTO FEDERAL
DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE
DATOS.- En términos de los artículos 56 de la Ley Fede-
ral de Protección de Datos Personales en Posesión de los
Particulares y 138 de su Reglamento, la resolución recaída
al procedimiento de veri cación instaurado por el Instituto
Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos,
es impugnable mediante juicio contencioso administrativo
federal ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Adminis-
trativa; de modo, que si la demandante estima que el citado
Instituto incurrió en diversas violaciones al substanciar el
procedimiento de veri cación instaurado en su contra, el mo-
mento oportuno para controvertir lo actuado y resuelto en el
43
PRECEDENTES DE SALA SUPERIOR - PLENO
procedimiento referido, es al interponer el juicio contencioso
administrativo federal en contra de la resolución nal del pro-
pio procedimiento, dentro del plazo previsto en el artículo 13
fracción I, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso
Administrativo; y no, hasta la imposición de la sanción co-
rrespondiente dictada en un procedimiento posterior; debido
a que, los procedimientos tanto de veri cación como de im-
posición de sanciones, instaurados por el Instituto Federal de
Acceso a la Información y Protección de Datos, constituyen
procedimientos diversos que concluyen, cada uno, con una
resolución impugnable por sí misma.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 13776/14-17-07-
3/605/15-PL-02-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior
del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en
sesión de 19 de agosto de 2015, por unanimidad de 11 votos
a favor.- Magistrada Ponente: Nora Elizabeth Urby Genel.-
Secretaria: Lic. María Laura Camorlinga Sosa.
(Tesis aprobada en sesión de 18 de noviembre de 2015)
C O N S I D E R A N D O :
[...]
TERCERO.- [...]
Que respecto a los argumentos aducidos por la
demandante tendentes a controvertir la legalidad
de los actos desplegados en el procedimiento de
veri cación IFAI/3S.07.02-014/2013, se actualiza
44
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
la causa de improcedencia y sobreseimiento pre-
vista en el artículo 8 fracción IV, de la Ley Federal
de Procedimiento Contencioso Administrativo, al
constituirse como actos consentidos por la deman-
dante; pues, omitió controvertirlos dentro del plazo
legal con que contaba para ello; no obstante, que
en términos de lo dispuesto en el artículo 138 de la
Ley Federal de Protección de Datos Personales en
Posesión de los Particulares, las resoluciones recaí-
das a los procedimientos de veri cación son impug-
nables mediante juicio contencioso administrativo
federal, ante este Tribunal; por consiguiente, este
Órgano Jurisdiccional únicamente debe avocarse
al estudio de la legalidad de la resolución impug-
nada emitida en el procedimiento de imposición de
sanciones PS.0025/13.
De modo, que si la enjuiciante consideraba ilegal el
inicio del procedimiento de veri cación y los datos
obtenidos mediante la visita correspondiente, debió
controvertir la resolución recaída a tal procedimiento
mediante un juicio diverso dentro del plazo legal con
que contaba para ello; por consiguiente, los argu-
mentos esgrimidos por la demandante en contra de
las actuaciones realizadas dentro del procedimiento
de veri cación del que derivó el procedimiento de
sanciones en el cual fue emitida la resolución im-
pugnada son improcedentes.
Re rió que en el caso concreto, no debían tomar-
se en consideración los argumentos vertidos por

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR