Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VII-P-SS-136

Páginas190-193
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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VII-P-SS-136
PROCEDENCIA DEL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
FEDERAL, TRATÁNDOSE DE LA IMPUGNACIÓN DE REGLAS
DE CARÁCTER GENERAL EN UNIÓN DE SU PRIMER ACTO DE
APLICACIÓN.- Los artículos 2° segundo párrafo, de la Ley Federal de
Procedimiento Contencioso Administrativo y 14 de la Ley Orgánica del
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, establecen que el juicio
contencioso administrativo federal procede contra actos administrativos,
decretos y acuerdos de carácter general diversos de los reglamentos, sean
estos autoaplicativos o cuando el interesado los controvierta con motivo de
su primer acto de aplicación. Por ello, aun cuando el pedimento de impor-
tación, no encuadra en alguna de las hipótesis del referido artículo 14 de
la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa;
lo cierto es, que basta con que el referido pedimento sea el primer acto
de aplicación de la Norma de carácter general, para que el juicio resulte
procedente, y el pedimento sea susceptible de ser anulado si se declara la
nulidad de la Norma general impugnada en la que se fundó. En ese sentido,
si el primer acto de aplicación lo constituye un pedimento de importación o,
algún otro documento, que no encuadre dentro de las hipótesis contenidas
en el artículo 14 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal
y Administrativa, ello no actualiza ipso facto la improcedencia del juicio
contencioso administrativo federal, pues su procedencia atiende al decreto
o acuerdo de carácter general que se impugna, no así al primer acto de apli-
cación en sí mismo.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 25426/11-17-09-9/835/13-PL-02-
04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia
Fiscal y Administrativa, en sesión de 14 de agosto de 2013, por mayoría
de 7 votos a favor y 1 voto en contra.- Magistrada Ponente: Nora Elizabeth
Urby Genel.- Secretaria: Lic. María Laura Camorlinga Sosa.
(Tesis aprobada en sesión de 25 de septiembre de 2013)

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