Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VII-P-2aS-330

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VII-P-2aS-330
SALA ESPECIALIZADA EN RESOLUCIONES DE ÓRGANOS RE-
GULADORES DE LA ACTIVIDAD DEL ESTADO, NO ES COMPE-
TENTE PARA TRAMITAR Y RESOLVER JUICIOS EN MATERIA
DE SANIDAD ANIMAL.- Conforme lo dispuesto por el artículo 23,
fracción III del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal
y Administrativa vigente a partir del 10 de octubre de 2012, la Sala Espe-
cializada en mención tiene competencia material para tramitar y resolver los
juicios que se promuevan, entre otros, contra resoluciones dictadas por las
Secretarías de Estado, cuando dichas resoluciones versen sobre la materia
de competencia económica, mejora regulatoria, telecomunicaciones, salud
y riesgos sanitarios, acuacultura y pesca, transporte aéreo, hidrocarburos,
seguridad nuclear y salvaguardias, ahorro para el retiro, intermediación
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se impugnen deberán estar relacionadas con las funciones sustantivas de las
Comisiones enumeradas en el citado precepto; por lo que, si una resolución
controvertida ante este Tribunal está emitida por una Secretaría de Estado
o por alguna de sus unidades administrativas, en las que impone una multa
derivada de la comisión de infracciones en relación con la materia de sanidad
animal, es evidente que no está contemplada dentro de las previstas en el
artículo 23, fracción III del Reglamento en cita, ya que no está directamente
relacionada con las materias que son competencia de los Órganos Regula-
dores de la Actividad del Estado.
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07-12/1641/12-EOR-01-3/1547/12-S2-08-06.- Resuelto por la Segunda
Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Admi-
nistrativa, en sesión de 29 de enero de 2013, por unanimidad de 4 votos a
favor.- Magistrado Ponente: Víctor Martín Orduña Muñoz.- Secretaria: Lic.
María Elda Hernández Bautista.
(Tesis aprobada en sesión de 26 de febrero de 2013)

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