Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VIII-P-2aS-578

Páginas459-460
PRECEDENTE 459
REVISTA NÚM. 42, ENERO 2020
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VIII-P-2aS-578
AGRAVIOS INOPERANTES.- SON LOS PLANTEADOS
POR LA ACTORA EN SUS ALEGATOS, ENCAMINA-
DOS A SOSTENER LA INCOMPETENCIA DE LA AUTO-
RIDAD QUE CONTESTÓ LA DEMANDA.- Son inoperan-
tes los argumentos expuestos por la actora en su escrito
de alegatos, encaminados a sostener la incompetencia de
la autoridad que produjo la contestación a la demanda,
porque la vía de impugnación idónea para invocar dicha
incompetencia, es el recurso de reclamación previsto en el
artículo 59 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso
Administrativo, ya que este medio de defensa procede -en-
tre otros supuestos- en contra de la resolución del Magistra-
do Instructor que admita la contestación a la demanda.
PRECEDENTE:
V-P-2aS-729
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 3593/06-17-01-4/
194/07-S2-09-03.- Resuelto por la Segunda Sección de la
Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Ad-
ministrativa, en sesión de 24 de mayo de 2007, por unanimi-
dad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Luis Carballo
Balvanera.- Secretario: Lic. Oscar Elizarrarás Dorantes.
(Tesis aprobada en sesión de 24 de mayo de 2007)
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 78. Junio 2007. p. 353

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