Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VIII-P-1aS-438

Páginas388-389
PRIMERA SECCIÓN 388
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VIII-P-1aS-438
INCIDENTE DE INCOMPETENCIA. CUANDO EL ACTOR
AFIRMA DESCONOCER LA RESOLUCIÓN ADMINIS-
TRATIVA QUE PRETENDE IMPUGNAR, CORRESPONDE
A LA AUTORIDAD INCIDENTISTA EXHIBIR EL ACTO IM-
PUGNADO A FIN DE ACREDITAR LA ACTUALIZACIÓN
DE LA HIPÓTESIS ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 34
FRACCIÓN III, DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL
FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA.-
De conformidad con el artículo 16 fracción II, de la Ley Fe-
deral de Procedimiento Contencioso Administrativo, cuando
el actor arma desconocer la resolución administrativa que
pretende impugnar y señala en la demanda la autoridad a la
que le imputa la resolución, su noticación o su ejecución;
es obligación de esta última acompañar a su contestación,
la constancia de la resolución administrativa y de su noti-
cación, a n de que el actor la controvierta a través de la
ampliación de la demanda. En esa medida, tratándose de
un juicio en el que la parte actora arme desconocer el acto
que combate, y la autoridad interponga un incidente de in-
competencia por razón de territorio, en el cual asevere que
se actualiza la hipótesis prevista en el artículo 34 fracción
III, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fis-
cal y Administrativa, es su deber, exhibir el acto impugna-
do a n de evidenciar que la autoridad emisora del mismo
lo era una unidad adscrita a la Administración General de
Grandes Contribuyentes del Servicio de Administración Tri-

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