Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VIII-P-1aS-247

Páginas172-173
172 PRIMERA SECCIÓN
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VIII-P-1aS-247
CONCEPTOS DE IMPUGNACIÓN INOPERANTES. LOS
CONSTITUYEN AQUELLOS QUE NO SE FORMULEN DEN-
TRO DEL RECURSO DE RECLAMACIÓN CUANDO ESTÉN
ENCAMINADOS A CONTROVERTIR LA COMPETENCIA
DE LA AUTORIDAD QUE PRODUJO LA CONTESTACIÓN
A LA DEMANDA.- De la interpretación armónica realizada a
los artículos 17, 47 y 59 de la Ley Federal de Procedimiento
Contencioso Administrativo, se desprende que atendiendo a
su nalidad el particular tiene derecho a interponer el recurso
de reclamación contra la providencia del Magistrado Instructor
en el que tenga por contestada la demanda, para controvertir
la competencia de la autoridad que la produjo a efecto de de-
mostrar que no cuenta con la representación legal para acudir
al juicio contencioso administrativo; por lo que, si el particular
pretende a través del escrito de ampliación a la demanda, de
alegatos o mediante promoción independiente controvertir la
competencia de la autoridad que formuló dicha contestación,
tales argumentos resultan inoperantes al no corresponder al
medio ordinario para controvertir tal cuestión, siendo que la
Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
reconoce el derecho de los particulares a promover los recur-
sos o medios ordinarios de acuerdo a su nalidad o propósito
que se pretende.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 4238/14-17-13-
3/2025/16-S1-04-04.- Resuelto por la Primera Sección de la

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