Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VII-P-2aS-973

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PRECEDENTES DE SALA SUPERIOR - SEGUNDA SECCIÓN
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VII-P-2aS-973
QUEJA POR REPETICIÓN.- ELEMENTOS QUE DEBEN
CONSIDERARSE PARA SU ANÁLISIS.- De conformidad
con la jurisprudencia VII-J-SS-161 emitida por el Pleno Ju-
risdiccional de esta Sala Superior, la repetición implica que
la autoridad, al cumplir la sentencia, emite otra resolución
en idénticos términos que la anulada. De modo que si la
parte actora plantea que la autoridad incurrió en repetición,
entonces, deberá compararse el acto impugnado en el juicio
contra la resolución a la cual se le imputa la repetición, para
lo cual deberán confrontarse los elementos siguientes: 1) la
fundamentación y motivación de la resolución impugnada; 2)
el sentido, alcances y efectos de la sentencia de nitiva; y 3)
la fundamentación y motivación de la resolución a la cual se
le imputa la repetición. Lo anterior con el objetivo de veri car
si la nueva resolución se sustenta o no en las mismas consi-
deraciones que fueron declaradas nulas en el fallo, es decir,
si incurre o no en la misma ilegalidad generando idénticas
consecuencias que el acto declarado nulo. De modo que si se
concluye que la autoridad incurrió en repetición, entonces, con
el objeto de impedir que la autoridad desconozca la fuerza de
la cosa juzgada de la sentencia de nitiva, deberá anularse la
resolución repetida, además de multarse al servidor público
que emitió esta, previéndole que se abstenga de nuevas re-
peticiones, y deberá noti carse la resolución de la queja, en
vía de informe, a su superior jerárquico, ello con fundamento
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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
en el artículo 58, fracciones I, inciso a); y II, inciso c), de la
Instancia de Queja Núm. 511/10-12-03-2/2270/10-S2-07-02-
QC.- Resuelta por la Segunda Sección de la Sala Superior
del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en
sesión de 15 de octubre de 2015, por unanimidad de 5 votos
a favor.- Magistrada Ponente: Magda Zulema Mosri Gutié-
rrez.- Secretario: Lic. Juan Carlos Perea Rodríguez.
(Tesis aprobada en sesión de 1 de diciembre de 2015)
C O N S I D E R A N D O :
[...]
TERCERO.- […]
Que en ese sentido, corresponde a esta Segunda Sec-
ción de la Sala Superior, determinar si incurrió en defecto en
el cumplimiento de la sentencia de dieciocho de noviembre
de dos mil catorce.
Resolución de la Segunda Sección de la
Sala Superior del Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa
Primeramente, la instancia de queja ja los alcances
y efectos de la sentencia, pues presupone su interpretación.
Es aplicable la jurisprudencia 1a./J. 37/2002, emitida por la

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