Ley Federal de Procedimiento Administrativo. VI-TASR-VII-34

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
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materia de comercio exterior, se encuentra sustentado en el artículo 152, de la Ley
Aduanera, resulta procedente declarar la nulidad lisa y llana del acto impugnado, con
fundamento en el artículo 51, fracción IV, en relación con el artículo 52, fracción II,
precepto declarado inconstitucional por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de
la Nación, al no establecer el plazo para que la autoridad aduanera elabore y notifique
el acta de irregularidades respecto de mercancías de difícil identificación.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1662/09-02-01-9.- Resuelto por la Sala Re-
gional del Noroeste II del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 16
de marzo de 2010, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: Carlos Miguel
Moreno Encinas.- Secretario: Lic. Everardo Tirado Quijada.
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
VI-TASR-VII-34
ORDEN DE INSPECCIÓN EMITIDA POR LA PROCURADURÍA FEDE-
RAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE.- NO ES ILEGAL LA DIRIGIDA
AL CAPITÁN O PATRÓN, O ENCARGADO O REPRESENTANTE LE-
GAL O RESPONSABLE DE LA EMBARCACIÓN REALIZANDO LABO-
RES DE CAPTURA DE CAMARÓN EN AGUAS DE JURISDICCIÓN FE-
DERAL.- De conformidad con lo dispuesto por el artículo 16 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, todo acto de molestia que se dirija al
gobernado debe cumplir con los requisitos que al efecto establece dicho numeral, así
como con los que consignan las leyes respectivas, en este caso, los que prevén los
gado a derecho. Por lo tanto, no es violatoria de garantías la orden de inspección
para verificar el cumplimiento de las obligaciones en materia de aprovechamiento de
recursos pesqueros relacionados con la instalación y el uso de los Dispositivos
Excluidores de Tortugas Marinas, en las redes de arrastre que se utilizan en la pesca

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