Ley Federal de Procedimiento Administrativo

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
COMPETENCIA. EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y AD-
MINISTRATIVA PUEDE CONOCER DE ASUNTOS EN LOS QUE SE
CONTROVIERTA LA RESOLUCIÓN DICTADA EN EL RECURSO DE
REVISIÓN PREVISTO EN LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO, INTERPUESTO EN CONTRA DE LA CALIFICA-
CIÓN NEGATIVA DEL REGISTRADOR ADSCRITO AL REGISTRO
AGRARIO NACIONAL.- El artículo 1º, de la Ley Federal de Procedimiento Ad-
ministrativo, establece que dicho ordenamiento no será aplicable, entre otras mate-
rias, a la justicia agraria, sin embargo, el numeral 63 del Reglamento Interior del
Registro Agrario Nacional, establece que: “Contra la calificación negativa, procederá
el recurso de revisión que establece la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Si transcurrido el plazo a que se refiere el artículo 85 de la Ley Federal de Procedi-
miento Administrativo, el promovente no interpone el recurso de revisión, se pondrá
a disposición del interesado la documentación respectiva”. Por lo tanto, si en el caso
particular, la cuestión que se está ventilando ante este Tribunal Federal de Justicia
Fiscal y Administrativa, no es una que tenga relación con un pronunciamiento del
Tribunal Agrario, de las que refiera el Título Décimo, Capítulo Primero, de la Ley
Agraria, sino de resoluciones recaídas a los recursos de revisión interpuestos en
contra de las diversas que denegaron la inscripción de contratos de enajenación de
derechos, y si el artículo 83, de la citada Ley Federal de Procedimiento Administrati-
vo, prevé que los interesados afectados por los actos o resoluciones de las autorida-
des administrativas que pongan fin al procedimiento administrativo, a una instancia o
resuelvan un expediente podrán interponer recurso de revisión o intentar las vías
judiciales correspondientes, luego entonces, este Tribunal Federal puede conocer de
las mismas, al ser un Tribunal que está ejerciendo su función jurisdiccional. (46)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1332/06-16-01-3.- Resuelto por la Sala Re-
gional Peninsular del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 25 de
mayo de 2007, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: Faustino Gerardo
Hidalgo Ezquerra.- Secretaria: Lic. Ligia Elena Aguayo Martín.

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