Ley Federal de Procedimiento Administrativo. VI-TASR-XXXVII-152
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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2035/09-05-03-7.- Resuelto por la Tercera
Sala Regional del Norte-Centro II del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Adminis-
trativa, el 20 de septiembre de 2010, por unanimidad de votos.- Magistrado Instruc-
tor: José Manuel Bravo Hernández- Secretaria: Lic. Norma Santacruz González.
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
VI-TASR-XXXVII-152
BOLETA DE INFRACCIÓN EMITIDA POR PERSONAL DE LA POLICÍA
FEDERAL PREVENTIVA, DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLI-
CA, MEDIANTE LA CUAL SE IMPONE SANCIÓN CONSISTENTE EN
100 DÍAS DE SALARIO MÍNIMO. SUPUESTO EN QUE RESULTA ILE-
GAL POR INDEBIDA COMPETENCIA TERRITORIAL DE SU EMISOR.-
de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se desprende, que un requisito
indispensable que todo acto administrativo de autoridad debe observar para que
tenga eficacia jurídica es el relativo a que sea emitido por autoridad competente
material y territorialmente. Ahora bien, del análisis y valoración de la Boleta de Infrac-
ción impugnada, se advierte que la autoridad emisora de la sanción controvertida en
modo alguno cumple cabalmente con fundar su competencia territorial, pues si bien
cita, entre otros, el artículo 29 del Reglamento de la Policía Federal Preventiva, publi-
cado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2000, en el que se apoya
para imponer la sanción controvertida, el cual dispone: “Las comisarías de sector
son órganos de mando y dirección, dependientes de las comandancias regionales,
sus titulares serán responsables del exacto cumplimiento de la Ley, del presente
reglamento y demás disposiciones aplicables y ejercerán sus atribuciones en las
áreas que la comandancia regional determine”.; luego entonces, si la autoridad que
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