Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VII-CASA-III-34

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 13 de marzo de
2014, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: José Manuel Bravo
Hernández.- Secretaria: Lic. Norma Santacruz González.
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VII-CASA-III-34
NEGATIVA FICTA. ES EN LA CONTESTACIÓN A LA DEMANDA
CUANDO LA AUTORIDAD DEBE DAR A CONOCER LOS MOTI-
VOS Y FUNDAMENTOS EN QUE SE SUSTENTA; ASÍ COMO LOS
ACTOS DESCONOCIDOS POR EL ACTOR AL INTERPONER EL
RECURSO DE REVISIÓN, Y NO EN LA CONTESTACIÓN A LA
AMPLIACIÓN.- Cuando el particular al interponer el recurso de revisión
manif‌i este desconocer diversas resoluciones atribuidas a cierta autoridad, y
a dicho escrito recaiga la negativa f‌i cta demandada en el juicio contencioso
administrativo, la autoridad al contestar la demanda, está obligada a 1) ex-
presar los hechos y el derecho en que apoya la misma, de conformidad con
el artículo 22 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administra-
tivo; y 2) acreditar los actos originalmente controvertidos y su notif‌i cación,
acorde con el artículo 41, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento
Administrativo, que regula la forma en que debe integrarse y resolverse el
recurso de revisión contra actos recurribles cuando el particular niega conocer
el acto administrativo, lo cual dará lugar a que la parte actora, en ampliación
de demanda, haga valer las defensas que estime pertinentes. Por lo que si la
autoridad al contestar la demanda se limita a invocar el sobreseimiento del
juicio, y pretende justif‌i car el punto 2) antes señalado, hasta la contestación
a la ampliación a la demanda, debe tenerse por no desvirtuada la negativa
de la actora esgrimida desde el recurso, ya que en esa etapa procesal ya no
era oportuno tal ofrecimiento, por lo que no es dable otorgarle validez a la
actuación extemporánea de la autoridad.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 206/14-TSA-7.- Expediente de
origen Núm. 4144 /12-03-01-7.- Resuelto por la Tercera Sala Auxiliar del
Tribunal Federal de Justica Fiscal y Administrativa, el 18 de marzo de 2014,

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