Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. V-P-2aS-760

Páginas98-98
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
98
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
V-P-2aS-760
RECURSO DE RECLAMACIÓN. ES OPORTUNO EL QUE SE DEPOSI-
TA EN EL SERVICIO POSTAL MEXICANO PARA SU ENVÍO DENTRO
DEL PLAZO DE CINCO DÍAS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 62 DE
LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINIS-
TRATIVO.- El segundo párrafo del artículo 13 de la Ley Federal de Procedimiento
Contencioso Administrativo dispone que, cuando el demandante tenga su domicilio
fuera de la población donde esté la sede de la Sala, la demanda podrá enviarse por el
Servicio Postal Mexicano, mediante correo certificado con acuse de recibo, siempre
que el envío se efectúe en el lugar en que resida el demandante. En los términos
expuestos, es apegado a derecho y a la equidad considerar que, también existe a su
favor la posibilidad de presentar por correo certificado todas las promociones o
recursos que sean necesarios para ejercer plenamente su derecho. Por lo anterior,
resulta procedente el envío del recurso de reclamación a través del Servicio Postal
Mexicano mediante correo certificado con acuse de recibo, siempre que el promovente
tenga su domicilio fiscal fuera de la sede de la Sala Regional, y que el depósito se
realice dentro del plazo legal establecido. (12)
Recurso de Reclamación Núm. 3758/06-13-01-2/496/07-S2-07-05.- Resuelto por la
Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Admi-
nistrativa, en sesión de 26 de junio de 2007, por mayoría de 4 votos a favor y 1 voto
con los puntos resolutivos.- Magistrada Ponente: Silvia Eugenia Díaz Vega.- Secreta-
rio: Lic. José de Jesús González López.
(Tesis aprobada en sesión de 26 de junio de 2007)

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