Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. V-P-2aS-797

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
V-P-2aS-797
RECURSO DE RECLAMACIÓN INTERPUESTO EN CONTRA DE LA
INTERLOCUTORIA QUE CONCEDE LA SUSPENSIÓN DEL PROCEDI-
MIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN. QUEDA SIN MATERIA
ANTE EL DESISTIMIENTO DEL ACTOR DE SU DEMANDA.- Conforme a
la doctrina y la jurisprudencia sustentada por el Poder Judicial, el desistimiento de la
instancia, produce el efecto de dejar insubsistente la pretensión del actor y de volver
las cosas al estado que tenían antes de la presentación de la demanda. Por tanto,
cuando el actor del juicio contencioso administrativo se desiste de su demanda, ello
implica que también se retracta de la suspensión solicitada respecto al procedimiento
administrativo de ejecución del crédito determinado en la resolución, por lo que no
tiene fin jurídico alguno que las Secciones de la Sala Superior del Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa, resuelvan sobre la legalidad o ilegalidad de la senten-
cia interlocutoria recurrida que concede dicha suspensión, pues si el desistimiento de
la instancia, tiene como efecto jurídico que las cosas vuelvan al estado que tenían
antes de la presentación de la demanda, es decir, como si nunca se hubiera presenta-
do ésta, ni hubiera existido el juicio, es evidente que cualquier pretensión posterior,
queda sin materia. (22)
Recurso de Reclamación Núm. 10700/06-11-02-4/731/07-S2-09-05.- Resuelto por la
Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Admi-
nistrativa, en sesión de 18 de octubre de 2007, por unanimidad de 4 votos a favor.-
Magistrado Ponente: Luis Carballo Balvanera.- Secretaria: Lic. Rosa Guadalupe
Olivares Castilla.
(Tesis aprobada en sesión de 18 de octubre de 2007)

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