Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
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forme a los principios generales del derecho procesal tienen el carácter de terceros
interesados en juicio las personas que, siendo distintas al actor o demandado, les
importe que el Órgano Jurisdiccional emita o no una resolución declarativa o constitu-
tiva de derechos, o bien, impositora de una condena; sin embargo, en el juicio conten-
Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo sólo reconoce la calidad
de tercero a la persona, distinta a la demandada, que tenga un derecho incompatible
con la pretensión de la demandante, es decir, que le interese la subsistencia de la
resolución impugnada a través de la declaratoria de su validez; por tal motivo no es
dable emplazar a juicio a las personas que tengan un derecho coincidente o compati-
ble con la pretensión de la parte actora, pues aunque tengan el carácter de terceros
interesados, no cumplen con el requisito que exige el artículo comentado para tal
efecto. (37)
Recurso de Reclamación Núm. 9911/06-11-02-1.- Resuelto por la Segunda Sala Re-
gional Hidalgo-México del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 9 de
mayo de 2007, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: Victorino M. Esquivel
Camacho.- Secretario: Lic. Omar Javier Mora Osorio.
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
REQUISITOS PARA LA ADMISIÓN DE LA DEMANDA EN EL JUICIO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, NO ES NECESARIO EXHIBIR EL
DOCUMENTO EN QUE CONSTE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA CUAN-
DO EL ACTOR MANIFIESTE QUE NO LA CONOCE.- Si bien es cierto que el
artículo 15, fracción III, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administra-
tivo establece como uno de los requisitos para la admisión de la demanda en el juicio
contencioso administrativo, adjuntar el documento en donde conste la resolución im-
pugnada, también lo es que el artículo 16, fracción II, de la misma ley procedimental,
dispone que el actor podrá manifestar no tener conocimiento de la resolución que
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