Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VI-P-1aS-338

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VI-P-1aS-338
SUSPENSIÓN. NO PROCEDE OTORGARLA CUANDO SE ORDENEN ME-
DIDAS CORRECTIVAS URGENTES PARA PRESERVAR EL EQUILIBRIO
ECOLÓGICO.- Cuando en una resolución administrativa se ordene la aplicación
inmediata de medidas correctivas urgentes que tienen por objeto la protección del
suelo y del medio ambiente en general, a fin de evitar que se siga contaminando, no
procede la suspensión de esa medida en el juicio contencioso administrativo, ya que ese
tema es un tópico de orden público y de interés general, que el artículo 24 de la Ley
decretar las medidas cautelares solicitadas, que se cause perjuicio al interés social.
Recurso de Reclamación Núm. 23115/08-17-08-9/586/10-S1-05-05.- Resuelto por la
Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Admi-
nistrativa, en sesión de 20 de abril de 2010, por mayoría de 4 votos a favor y 1 voto
en contra.- Magistrado Ponente: Alejandro Sánchez Hernández.- Secretario: Lic. Luis
Alberto Placencia Alarcón.
(Tesis aprobada en sesión de 20 de abril de 2010)
PRECEDENTE:
VI-P-1aS-297
Recurso de Reclamación Núm. 3003/08-17-02-9/2486/09-S1-03-05.- Resuelto por la
Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Admi-
nistrativa, en sesión de 5 de noviembre de 2009, por mayoría de 4 votos a favor y 1
voto en contra.- Magistrado Ponente: Manuel L. Hallivis Pelayo.- Secretaria: Lic.
Alma Rosa Navarro Godínez.
(Tesis aprobada en sesión de 27 de noviembre de 2009)
R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 26. Febrero 2010. p. 195

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