Ley de Amparo. VI-P-SS-306
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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
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LEY DE AMPARO
VI-P-SS-306
JURISPRUDENCIA DEL PODER JUDICIAL FEDERAL. RESULTA OBLI-
GATORIA PARA EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y AD-
MINISTRATIVA CUANDO SEA APLICABLE A LA HIPÓTESIS CONCRE-
Amparo disponen que la jurisprudencia que establezca la Suprema Corte de Justicia
de la Nación, actuando en Pleno o en Salas, así como la jurisprudencia que establez-
ca cada uno de los Tribunales Colegiados de Circuito, es obligatoria para los Tribu-
nales Administrativos, como lo es el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administra-
tiva. Por tal motivo, si el Poder Judicial ha declarado la inconstitucionalidad de una
norma legal, este Tribunal Federal al aplicar la jurisprudencia no realiza pronuncia-
miento alguno relativo a la inconstitucionalidad de la norma, ni la aplica en forma
retroactiva, ni suple la deficiencia de la queja, sino únicamente se constriñe a dar
jurisprudencia conducente. Por lo antes expuesto, la obligatoriedad que el artículo
blezca la Suprema Corte de Justicia de la Nación, funcionando en Pleno o en Salas,
no supone la suplencia de la deficiencia de la queja en los juicios contencioso admi-
nistrativos cuando el acto cuya nulidad se reclama se funda o pretende escudarse en
leyes declaradas inconstitucionales por jurisprudencia pues tal situación está supedi-
tada a que en el caso concreto sea procedente su aplicación.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 427/08-18-01-8/2798/09-PL-07-10.- Resuelto
por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administra-
tiva, en sesión de 10 de marzo de 2010, por unanimidad de 7 votos a favor.- Magistrada
Ponente: Silvia Eugenia Díaz Vega.- Secretario: Lic. José de Jesús González López.
(Tesis aprobada en sesión de 10 de marzo de 2010)
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