Ley de Aguas Nacionales. VII-P-1aS-1288

Páginas124-158
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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
VII-P-1aS-1288
COMPETENCIA MATERIAL DE LA SALA ESPECIALIZA-
DA EN MATERIA AMBIENTAL Y DE REGULACIÓN.- SE
ACTUALIZA RESPECTO DE LA RESOLUCIÓN NEGATIVA
FICTA RECAÍDA A LA SOLICITUD DE INFORMACIÓN DE
LA INSCRIPCIÓN DEL TÍTULO DE CONCESIÓN EN EL
REGISTRO PÚBLICO DE DERECHOS DE AGUA.- De una
interpretación integral y sistemática de los artículos 14 BIS,
5, 20, 21 y 21 BIS de la Ley de Aguas Nacionales, se tiene
que la inscripción de los títulos de concesión otorgados por
la autoridad del agua en el Registro Público de Derechos del
Agua, conlleva a la veri cación del cumplimiento de ciertos
requisitos, como el que se cuente con una concesión y que
no se afecten los derechos de otros concesionarios, para que
pueda realizarse dicha inscripción y la misma surta sus efec-
tos ante terceros; en consecuencia, un título de concesión,
no implica necesariamente el otorgamiento de la inscripción
en el Registro Público de Derechos de Agua, pues se debe
tomar en cuenta que no se afecten otras concesiones sobre
los derechos de explotación, uso o aprovechamiento de agua
inscritos en el Registro Público de Derechos de Agua; es por
ello, que tratándose de las solicitudes de información de la
inscripción del título de concesión al Registro Público de De-
rechos de Agua, no contestados por la autoridad, vinculados
al tema de títulos de concesión, su asignación, prórrogas e
inscripción en el Registro Público de Derechos de Agua, estas
negativas ctas deben ser resueltas por la Sala Especializada
en Materia Ambiental y de Regulación, porque para la solución
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PRECEDENTES DE SALA SUPERIOR - PRIMERA SECCIÓN
de la controversia deberán aplicarse disposiciones de la Ley
de Aguas Nacionales, la cual tiene injerencia en la protección
al medio ambiente, de conformidad con el artículo 2 fracción
XI, de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.
Conflicto de Competencia por Razón de Materia Núm.
1917/15-04-01-6-OT/3228/15-EAR-01-9/1762/15-S1-02-06.-
Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribu-
nal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de
7 de diciembre de 2015, por unanimidad de 4 votos a favor.-
Magistrada Ponente: Nora Elizabeth Urby Genel.- Secretaria:
Lic. María Laura Camorlinga Sosa.
(Tesis aprobada en sesión de 8 de diciembre de 2015)
EN EL MISMO SENTIDO:
VII-P-1aS-1289
Conflicto de Competencia por Razón de Materia Núm.
1821/15-04-01-9/3089/15-EAR-01-7/1575/15-S1-03-06.- Re-
suelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal
Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 7 de
diciembre de 2015, por unanimidad de 4 votos a favor.- Ma-
gistrado Ponente: Juan Manuel Jiménez Illescas.- Secretario:
Lic. David Alejandro Alpide Tovar.
(Tesis aprobada en sesión de 7 de diciembre de 2015)
VII-P-1aS-1290
Conflicto de Competencia por Razón de Materia Núm.
1822/15-04-01-5/3197/15-EAR-01-10/1757/15-S1-03-06.-
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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tri-
bunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión
de 7 de diciembre de 2015, por unanimidad de 4 votos a
favor.- Magistrado Ponente: Juan Manuel Jiménez Illescas.-
Secretario: Lic. David Alejandro Alpide Tovar.
(Tesis aprobada en sesión de 7 de diciembre de 2015)
VII-P-1aS-1291
Conflicto de Competencia por Razón de Materia Núm.
2124/15-04-01-8/3481/15-EAR-01-6/1913/15-S1-02-06.- Re-
suelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal
Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 7
de diciembre de 2015, por unanimidad de 4 votos a favor.-
Magistrada Ponente: Nora Elizabeth Urby Genel.- Secretaria:
Lic. Diana Patricia Jiménez García.
(Tesis aprobada en sesión de 7 de diciembre de 2015)
VII-P-1aS-1292
Conflicto de Competencia por Razón de Materia Núm.
2139/15-04-01-1/3376/15-EAR-01-4/1845/15-S1-04-06.- Re-
suelto por la Primera Sección de Sala Superior del Tribunal
Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 7
de diciembre de 2015, por unanimidad de 4 votos a favor.-
Magistrado Ponente: Rafael Anzures Uribe.- Secretario: Lic.
Javier Armando Abreu Cruz.
(Tesis aprobada en sesión de 7 de diciembre de 2015)

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