Ley Aduanera. VI-P-SS-100
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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
LEY ADUANERA
VI-P-SS-100
DICTAMEN EMITIDO PARA EFECTOS DE CLASIFICACIÓN ARANCE-
LARIA POR EL ADMINISTRADOR CENTRAL DE LABORATORIO Y
SERVICIOS CIENTÍFICOS.- AUN CUANDO SE TRATA DE UNA COMU-
NICACIÓN ENTRE AUTORIDADES, EL MISMO ES UN ACTO QUE DEBE
REUNIR LOS REQUISITOS DE FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN.-
Por regla general, las comunicaciones entre autoridades, no dirigidas a un particular,
no son actos de molestia que afecten a este; sin embargo, tratándose del dictamen
técnico emitido para efectos de la correcta clasificación arancelaria de una mercan-
cía, por el Administrador Central de Laboratorio y Servicios Científicos, aún cuando
se considere que es un acto instrumental entre autoridades, por sus repercusiones en
el procedimiento administrativo y por provenir de una autoridad establecida, resulta
un acto administrativo que debe satisfacer los requisitos de fundamentación y moti-
Federación, pues en el mismo se basa la resolución de la autoridad aduanal para
determinar que la mercancía sometida a despacho se encontró indebidamente clasifi-
cada y, por ende, que lo procedente sea liquidar el impuesto general de importación
conforme la correcta clasificación de la misma. (3)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1834/07-13-01-6/88/08-PL-09-10.- Resuel-
to por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Adminis-
trativa, en sesión de 21 de mayo de 2008, por mayoría de 9 votos a favor y 2 votos
en contra.- Magistrado Ponente: Luis Carballo Balvanera.- Secretaria: Lic. Rosa
Guadalupe Olivares Castilla.
(Tesis aprobada en sesión de 10 de septiembre de 2008)
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C O N S I D E R A N D O :
(...)
CUARTO.- (...)
Los Magistrados integrantes del Pleno de la Sala Superior de este órgano
colegiado consideran infundado el concepto de impugnación que se resuelve, en
atención a las siguientes consideraciones de hecho y de derecho que se apuntan:
A fojas 102 del expediente en que se actúa, obra agregado el dictamen de
análisis, contenido en el oficio número 326-SAT-II-B-48175 de fecha 29 de octubre
de 2002, exhibido por el actor en copia simple, mismo al que se le otorga valor
Contencioso Administrativo, al no haber sido objetado de forma alguna por la autori-
dad, cuyo texto es el siguiente:
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