Leche y productos lacteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte

AutorJesús Bernardo Gutiérrez Delgado
Páginas25-28

Page 25

Notas.

  1. Se considera leche, la leche entera y la leche desnatada (descremada) total o parcialmente.

  2. En la partida 04.05:

    1. Se entiende por mantequilla, la mantequilla natural, la mantequilla del lactosuero o la mantequilla "recombinada" (fresca, salada o rancia, incluso en recipientes herméticamente cerrados) que provengan exclusivamente de la leche, con un contenido de materias grasas de la leche que sea superior o igual al 80% pero inferior o igual al 95%, en peso, de materias sólidas de la leche, inferior o igual al 2% en peso y, de agua, inferior o igual al 16% en peso. La mantequilla no debe contener emulsionantes añadidos pero puede contener cloruro sódico, colorantes alimentarios, sales de neutralización y cultivos de bacterias lácticas inocuas.

    2. Se entiende por pastas lácteas para untar las emulsiones del tipo agua-en-aceite que se puedan untar y contengan materias grasas de la leche como únicas materias grasas y en las que el contenido de éstas sea superior o igual al 39% pero inferior al 80%, en peso.

  3. Los productos obtenidos por concentración del lactosuero con adición de leche o de materias grasas de la leche se clasifican en la partida 04.06 como quesos, siempre que presenten las tres características siguientes:

    1. un contenido de materias grasas de la leche superior o igual al 5%, calculado en peso sobre el extracto seco;

    2. un contenido de extracto seco superior o igual al 70% pero inferior o igual al 85%, calculado en peso;

    3. moldeados o susceptibles de serlo.

  4. Este Capítulo no comprende:

    1. los productos obtenidos del lactosuero, con un contenido de lactosa superior al 95% en peso, expresado en lactosa anhidra, calculado sobre materia seca (partida 17.02);

    2. las albúminas (incluidos los concentrados de varias proteínas del lactosuero, con un contenido de proteínas del lactosuero superior al 80% en peso, calculado sobre materia seca) (partida 35.02) ni las globulinas (partida 35.04).

    Notas de subpartida.

  5. En la subpartida 0404.10, se entiende por lactosuero modificado el producto constituido por componentes del lactosuero, es decir, lactosuero del que se haya extraído, total o...

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