Lebrón y Cuervo: la defensa de la jurisdicción real en materia de diezmos (1770)

AutorÉlida María Tedesco - Paulina Monjaraz Fuentes
CargoProfesora de tiempo completo de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí - Profesora de tiempo completo de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí
Páginas170-187
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LEBRÓN Y CUERVO: LA DEFENSA DE LA JURISDICCIÓN REAL
EN MATERIA DE DIEZMOS (1770)1
Élida María Tedesco2
Paulina Monjaraz Fuentes3
Resumen: 
que la innovación en cuestiones doctrinales, es decir, en el conjunto de
ideas que sustentan la propiedad, legitimidad y legalidad de un impues-
to, puede determinar cambios en las normas y en aspectos de la práctica
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y competencia normativa de la corona española en esta materia. El obje-
tivo de este trabajo es estudiar la obra “Práctica y ejercicio de la real ju-
risdicción en materia decimal de ambas Américas” (1770), del jurista no-
vohispano José de Lebrón y Cuervo, la cual se inscribe en ese ambiente
de presupuestos doctrinarios del regalismo borbónico que reforzaron la
potestad del rey en la administración del diezmo indiano y favorecieron
el mayor aprovechamiento de los rendimientos decimales por la Real Ha-
cienda.
Palabras clave: Lebrón y Cuervo, diezmos, jurisdicción real, Nueva Es-
paña, siglo XVIII.
Abstract:-
vation in doctrinal questions, that is, the set of ideas that ground property,
legitimacy and the legality of taxes, can determine changes in the norms
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along the normative competence of the crown in this matter. The objec-
tive of this paper is to study the work “Práctica y ejercicio de la real ju-
1 Artículo recibido: 4 de enero de 2016; aprobado: 20 de marzo de 2016.
2 Profesora de tiempo completo de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí. Correo-e:
elidatedesco@gmail.com
3 Profesora de tiempo completo de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí. Correo-e:
pmonjarazf@gmail.com
ISSN 1889-8068 REDHES no.15, año VIII, enero-junio 2016
Revista de Derechos Humanos y Estudios Sociales
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risdicción en material decimal de ambas Americas” (1770), by new span-
ish José de Lebrón y Cuervo, which inscribes himself in that atmosphere
of doctrinary presuppositions of borbonic regalism that strengthen the
king’s potestas in the administration of the indian tithe and favored the
greater use of the tithe’s yield by the Real Hacienda.
Keywords: Lebrón y Cuervo, Tithe, Royal jurisdiction, New Spain, XVIII
century.
1. Introducción
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contó con un sustento doctrinal, el de la exclusiva jurisdicción del rey en materia deci-
mal, resultado de las propuestas de juristas y funcionarios regalistas dirigidas a cuestio-
nar la percepción y administración eclesiásticas de del diezmo y a reforzar la potestad
real en esta materia. El objetivo de este trabajo es estudiar la obra “Práctica y ejercicio
de la real jurisdicción en materia decimal de ambas Américas”4 (1770), del jurista zaca-
tecano José de Lebrón y Cuervo (1732-1795)5, la cual se inscribe en este ambiente de
presupuestos doctrinarios del regalismo borbónico que reforzaron la potestad del rey
en la administración del diezmo indiano y favorecieron el mayor aprovechamiento de
los rendimientos decimales por la Real Hacienda.
En “Práctica y ejercicio”, Lebrón y Cuervo expuso un conjunto de argumenta-
ciones en defensa de la jurisdicción real sobre los diezmos de Indias, particular mente
en el conocimiento y determinación de litigios judiciales en materia decimal. Denunció,
además, el agravio que se hacía a la potestad real cuando se reconocía capacidad a los
jueces eclesiásticos para dictaminar en causas sobre diezmos. Éste fue el primero de
4 En Purroy y Turrillas, Libro, pp. 229-474.
5 Nacido en el Real de Sombrerete, Nueva Galicia, actual estado de Zacatecas, el Licenciado
Lebrón y Cuervo desarrolló sus estudios y vida profesional en la ciudad de México. Fue alum-
no del Seminario de San Ildefonso, se licenció en Leyes por la Universidad de México y fue
miembro del Colegio de Abogados. En 1772 fue nombrado asesor general de los Tribunales de
la acordada, de bebidas prohibidas y del estanco de la renta de tabaco. También, se desempeñó
en la Inspección general de las tropas de Nueva España, fue asesor perpetuo de la Real Casa de
la Moneda, de la Contaduría del real derecho de lanzas y media anata y del Corregimiento de
la ciudad. Además, habría sido una persona reconocida en la capital del virreinato pues hacia
    Libro, pp.
13-14; Jaime del Arenal Fenochio, “José Lebrón y Cuervo: Documentos sobre su vida”, Anuario
Mexicano de Historia del Derecho, 1, 1989, pp. 155-213; Beatriz Bernal Gómez, “Las Leyes de
Indias a la luz de dos comentaristas novohispanos del XVIII”, Revista Jurídica, XIV, 1982,
pp. 435-470.

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