El lado oscuro de las acciones afirmativas. Una visión crítica

AutorMauricio Huesca Rodríguez
CargoSecretario de Estudio y Cuenta de Sala Superior, Ciudad de México
Páginas33-74
Quid Iuris, Año 9, Volumen 28, marzo - mayo 2015 33
EL LADO OSCURO DE LAS ACCIONES
AFIRMATIVAS. UNA VISIÓN CRÍTICA
Mauricio Huesca Rodríguez*
SUMARIO: I. Introducción; II. Marco teórico de la igualdad y las
acciones afirmativas; 1. El principio de igualdad; 2. Igualdad material; 3.
Igualdad ante la Ley; 4. Igualdad de oportunidades; 5. De la igualdad
formal a las acciones afirmativas. Su Justificación; 6. Acciones afirmativas.
Definición; 7. Diferencia entre acción afirmativa y discriminación a la
inversa; III. El lado oscuro de las acciones afirmativas. La crítica del
autor; 1. El abuso del derecho y la violación de otros derechos humanos;
2. La carga de la prueba en la discriminación individual y colectiva; 3. La
derrotabilidad del test de proporcionalidad de la acción afirmativa; 4. Sí a
las acciones afirmativas en la igualdad de oportunidades de partida; pero
no a la igualdad de oportunidades de llegada; IV. Conclusiones; V. Fuentes
de consulta.
* Secretario de Estudio y Cuenta de Sala Superior, Ponencia de la Magistrada María del Carmen
Alanís Figueroa, licenciado en Derecho y maestro en Derecho Internacional, por el Instituto
Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey (ITESM), campus Ciudad de México.
Recibido: 13 de enero de 2014
Aceptado: 21 de febrero de 2014
Quid Iuris, Año 9, Volumen 28, marzo - mayo 2015
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Resumen:
La discriminación surgida por razones de género ha llevado a transitar de un modelo de
protección de la igualdad formal o de igualdad de trato ante la ley, a un modelo social de
Derecho que intenta alcanzar la igualdad material entre hombres y mujeres. Para revertir la
marginación histórica, es necesario implementar medidas de intervención estatal que
garanticen la remoción de obstáculos que han impedido el pleno desarrollo de derechos de
los grupos marginados.
No obstante la necesidad de incorporar medidas gubernamentales compensatorias, se tienen
serias dudas sobre si la remoción de los obstáculos se logra a través de la implementación de
acciones afirmativas. Ello porque, de la incorporación de este tipo de acciones, no
necesariamente garantizan que el efecto inmediato o paulatino sea la reversión de la
discriminación o violencia en contra de la mujer. De modo que, sin estar en contra de las
acciones afirmativas, la presente publicación advierte sobre algunas consecuencias negativas
que conlleva su implementación, así como los altos costos que se tienen que pagar por su
ejecución.
Palabras clave: acción afirmativa, igualdad material, igualdad formal, abuso del derecho,
discriminación a la inversa, cuotas de género, políticas progresivas de inclusión, test de
proporcionalidad, igualdad ante la ley, igualdad de oportunidades de partida y de llegada,
violación de otros derechos humanos.
Abstract:
Since the rise of discrimination based on gender, equality has been moving from a model of
protection of formal equality or equal treatment under the law, to a social model of law that
seeks to achieve material equality between men and women. To reverse the historical
marginalization, we need state interventions to ensure the removal of barriers that have
denied the full development of the women rights.
However there are serious doubts about whether the removal of barriers is going to be
achieved through the implementation of affirmative action. The incorporation of this
compensatory governmental action, not necessarily warrant the reversal of discrimination
against women. So, without being against affirmative action, this publication warns about
some of their negative consequences, as well as the high costs that must be paid.
Key words: affirmative action, material equality, formal equality, misuse of power, reverse
discrimination, gender quotas, progressive inclusion policies, proportionality test, equality
under the law, equality of opportunity of departure and arrival, violation of other human
rights.
Mauricio Huesca Rodríguez
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I. Introducción
La igualdad es uno de los valores más importantes de nuestra sociedad.
A este valor le hemos ido agregando nuevos componentes atendiendo a la
dinámica realidad que exige el contexto social, económico, político e
histórico. Dada su importancia en nuestra escala de valores, todos tenemos
medianamente claro qué se debe entender por igualdad, desde la persona
más letrada hasta la menos instruida tienen una noción básica de qué
derechos implica el valor de la igualdad.
En principio, todo ciudadano contemporáneo conoce la premisa
consagrada en el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos consistente en que la mujer y el hombre son iguales
ante la ley. A partir de esa premisa etérea, tenemos un punto de partida
para exigir derechos a las autoridades o a cualquier persona física o moral
con poder de autoridad que pueda afectar ese valor intrínseco de las
personas.
Sin embargo, al momento de darle sentido, límites y alcances a ese valor
incorpóreo de la igualdad, nos enfrentamos a un sin número de retos que
no son fáciles de superar. Ello se debe a que no es sencillo encontrar un
concepto único, generalmente válido y aceptado por todos, capaz de
incorporar los valores de una sociedad pluricultural, desigual, con un
mosaico dispar en términos de educación, visión, poder adquisitivo, e
incluso calidad de vida como lo es la mexicana.
La idea más aceptada a lo largo de la historia es la concebida por
Aristóteles, la igualdad distributiva, que supone la distribución justa de
los bienes entre todos los integrantes de la sociedad.
Pero esta igualdad distributiva, en su tiempo y para entonces, estaba
pensada en la idea de la igualdad entre los hombres y los bienes. Situación
que, en la actualidad, deja de lado la igualdad de género y la igualdad en
los derechos.
El lado oscuro de las acciones afirmativas. Una visión crítica

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