Multas laborales derivadas del incumplimiento patronal (Primera parte)

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La legislación en materia laboral y de seguridad social en México es compleja, pues son demasiadas las obligaciones que deben cumplir los patrones, además de ello, algunos desconocen las disposiciones que les son aplicables o bien por desidia no cumplen con ellas.

Así, los empresarios mexicanos a veces no cuentan con los elementos necesarios para cumplir con sus obligaciones, y por esta razón cometen infracciones, las cuales pueden tener como desenlace la imposición de multas por parte de la autoridad.

La encargada de supervisar el cumplimiento de las obligaciones patronales, en el ámbito laboral es la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), quien está facultada para programar, ordenar y practicar inspecciones iniciales, periódicas, de comprobación, extraordinarias y de todo tipo, en los establecimientos y centros laborales para comprobar el cumplimiento de la legislación laboral.

Los encargados de realizar las visitas o inspecciones en las empresas, son los inspectores federales designados por la STPS, y los inspectores locales nombrados por los gobernantes de las entidades federativas y por el jefe de gobierno del Distrito Federal. Estos funcionarios tienen a su cargo vigilar el cumplimiento de la Ley Federal del Trabajo (LFT) en los centros de trabajo, así como supervisar que se observen las disposiciones que sobre higiene y seguridad contiene el citado ordenamiento legal y sus reglamentos, a fin de que se cumplan las obligaciones correspondientes tanto de patrones como de trabajadores, buscando el respeto recíproco de derechos y garantizando de esta manera las buenas relaciones obrero-patronales.

Las visitas que realizan los inspectores tienen por objeto comprobar el cumplimiento de las condiciones generales de trabajo y los rubros básicos que abarcan son los siguientes:

  1. Vigilar que los derechos y las obligaciones de trabajadores y patrones se cumplan.

  2. Supervisar el cumplimiento de las normas aplicables al trabajo de las mujeres y los menores.

  3. Observar las medidas preventivas de riesgos de trabajo y de seguridad e higiene.

  4. Corroborar que el pago del salario y de las prestaciones fundamentales como son las vacaciones, prima vacacional y aguinaldo se realice de acuerdo con la ley.

  5. Verificar que en caso de haber obtenido utilidades éstas se repartan entre los empleados (pago de participación de los trabajadores en las utilidades).

  6. Ratificar que la empresa en cuestión brinde capacitación y adiestramiento a sus trabajadores.

  7. Investigar si existen programas deportivos o de otorgamiento de becas.

Funciones de los inspectores de la STPS

De acuerdo con lo estipulado por el artículo 2o., fracción VI, del Reglamento general para la inspección y aplicación de sanciones por violaciones a la legislación laboral (Regias) un inspector, es el servidor público encargado de practicar visitas de inspección para comprobar el cumplimiento de la normatividad laboral en los centros de trabajo, y que cuenta con el nombramiento correspondiente de la STPS en términos de la ley laboral.

Los inspectores en materia de trabajo tienen que cumplir las obligaciones siguientes:

  1. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones en materia de trabajo que determinan los derechos y obligaciones de los trabajadores y patrones; las de seguridad e higiene en el trabajo, incluidas las contenidas en las normas oficiales mexicanas; las que reglamentan el trabajo de las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia; las de los menores; las de capacitación y adiestramiento de los empleados y las que regulan la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas.

  2. Levantar las actas en las que se asiente el resultado de las inspecciones efectuadas o aquellas en las que se hagan constar los hechos que las impidieron, ya sea por causa de negativa del patrón o por causas ajenas a éste.

  3. Turnar a sus superiores en un plazo no mayor de tres días hábiles, las actas de inspección que hubieren levantado y la documentación anexa a ésta.

  4. Promover la adopción de las medidas de seguridad e higiene de aplicación inmediata, en caso de peligro inminente o proponer ante la STPS la clausura total o parcial de la unidad económica.

  5. Realizar las diligencias de notificación...

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