Justicia penal para adolescentes. ¿Siempre puede aplicarse la ley con el mismo rigor?

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Sofía M. Cobo Téllez, INACIPE, México, 2017

En 2005 se reformó el artículo 18 de la Constitución mexicana con el objeto de conformar un Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes que diera atención especializada y específica a los jóvenes infractores de 12 a 17 años de edad.

Se partió del principio de los derechos humanos del menor y la necesidad de conformar una justicia diferenciada, en la cual se transformó el modelo tutelar que transitó a uno más moderno de corte garantista. Esto fue porque el sistema se fundamentó en el reconocimiento de los adolescentes como sujetos titulares de derechos, y también de obligaciones, como seres autónomos capaces de comprender la licitud de los actos quen realizan.

A partir de las consideraciones anteriores Sofía M. Cobo Téllez escribió Justicia penal para adolescentes. ¿Siempre puede aplicarse la ley con el mismo rigor? A lo largo de esta obra la autora analiza los principios jurídicos que dan sustento a la conformación del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, con especial énfasis en el análisis de la Ley Nacional de Justicia para Adolescentes que se publicó el 16 de junio de 2016.

La autora advierte que “con base en el principio de autonomía, el sistema cuenta con...

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