La justicia en el lenguaje de los filósofos

AutorJorge Ojeda Velázquez
Páginas3-51

Page 3

SUMARIO: 1. Introducción. 2. Concepciones históricas sobre la justicia. 2.1. En la antigüedad. 2.2. En el derecho romano y la patrística cristiana. 2.3. En la modernidad. 2.4. En la posmodernidad.

CUANDO LOS Estados Unidos de Norteamérica fueron atacados en el corazón de su territorio, aquel 11 de septiembre de 2001, los miembros de sus comunidades internas, e incluso aquellas internacionales, consideraron que las represalias que el gobierno emprendiera contra los probables responsables serían justas.

Tengo en mis manos una noticia periodística cuyo encabezado señala: INTENTAN LINCHAR A DOS ASALTANTES EN MILPA ALTA. El robo a un camión repartidor de leche originó todo. Habitantes de San Pablo Oztotepec, Delegación de Milpa Alta, Ciudad de México, retuvieron a dos presuntos asaltantes a quienes amenazaron con linchar, pero accedieron a entregarlos a las autoridades […] Las campanas de la iglesia del pueblo comenzaron a tañer y en minutos se reunieron unos 300 enardecidos pobladores que intentaron hacer justicia por propia mano” (sábado 7 de agosto de 2010, Milenio).

Introducción

Cada individuo en lo particular y las sociedades en lo general han tenido y tienen una idea específica sobre qué es la justicia. Pero, esta concepción no es estática, ha pasado por diferentes estadios comtianos que la hace evolucionar de un estadio absoluto e inmutable a otro rela-

Page 4

tivo, evolutivo, histórico y culturalmente diferente; esto es, lo que hoy es justo, mañana puede no serlo. Es como aquel teorema puesto por el filósofo griego:1el fuego quema igualmente tanto en Persia como en Grecia, mientras que las cosas justas cambian en ambas naciones. Si esto es así, debemos preguntarnos: ¿la justicia como el fuego, pertenecen ambos al mundo material, o al mundo abstracto o normativo?; y si es parte de este nivel conceptual, ¿por qué se le ubica precisamente en las normas, en otras ocasiones en los hechos y en otras se le identifica como una virtud o cualidad personal al adjetivar a una persona como justa? ¿En dónde encontrar la justicia? Es indudable que es necesario dilucidar primeramente esta cuestión para poder ubicarla en el lugar correcto dentro del dilema metodológico.

La filosofía del derecho ha dado a la justicia un lugar dentro de los tres problemas fundamentales que ha tratado tradicionalmente: la axiológica, la ontológica y la función fenomenológica del derecho.

El problema de la justicia da lugar a todas aquellas investigaciones que tratan de explicar los valores supremos hacia los cuales tiende el derecho. De aquí nace la filosofía del derecho como teoría de la justicia (función axiológica del derecho).

El problema de la validez constituye el núcleo de las investigaciones dirigidas a precisar en qué consiste el derecho como regla obligatoria y coactiva; cuáles son las características peculiares del ordenamiento jurídico que lo hacen diferente de otros ordenamientos normativos ʊcomo la moralʊ y, por tanto, nos lleva a preguntar cuáles son los medios dispuestos para el logro de esos ines, o qué rol juega el derecho como instrumento para la realización de la justicia. De aquí nace la filosofía del derecho como teoría general del derecho (función ontológica del derecho).

El problema de la eficacia nos lleva al terreno de la aplicación de las normas jurídicas; es decir, al terreno de los comportamiento efectivos de los hombres que viven en sociedad, de sus intereses opuestos, de las acciones y de las reacciones frente a la autoridad, y da lugar a las investigaciones en torno a la vida del derecho, en su desarrollo, en sus cambios. De aquí nace el aspecto de la filosofía del derecho como sociología jurídica (función fenomenológica del derecho).2

Page 5

FIGURA 1.1. Clasificación de la filosofía del derecho

Si bien es cierto que la Filosofía del derecho es la rama de la Filosofía que estudia el fenómeno jurídico; empero, Guastini3señala que hay dos estilos diferentes de concebirla: una por los juristas, y la otra, para los filósofos propiamente dicha.

La filosofía del derecho de los filósofos se dirige a dos objetivos principales: a) Por un lado, a estudiar el concepto de derecho y por lo tanto, al derecho en general, al derecho en cuanto tal, en in, a la naturaleza de la experiencia jurídica en cuanto dominio específico de la comédie humaine, junto a la moral, a la política, a la economía, etc. b) Por otra parte, al concepto de justicia y por supuesto, a las relaciones entre justicia y derecho.

Por su lado, la filosofía del derecho de los juristas es la ‘teoría del derecho’ en sí y, por lo mismo, no están interesados en delimitar el

Page 6

concepto de derecho ni tampoco en establecer ningún concepto de justicia, pues por un lado no perciben ninguna necesidad de cuestionarse sobre éste, por la sencilla razón de que uno u otro concepto forman parte de su entorno cultural, de su bagaje conceptual y profesional, cuyo conocimiento es propio e indiscutible de todo jurista. Por otra parte, los juristas no sienten la necesidad de interrogarse acerca del concepto de justicia porque piensan que ésta pertenece al dominio de la ética o de la moral y no al de la ciencia jurídica.

De ahí que en este capítulo nos dedicaremos a analizar qué han pensado y cómo reflexionan los filósofos del derecho; qué lenguaje utilizan los filósofos políticos y cómo se expresan los filósofos propiamente dichos, acerca de la justicia.

Para después seguir insistiendo sobre la cuestión planteada: ¿a dónde ir para encontrar la justicia? Quizás la búsqueda nos llevará a escudriñar desde la mente y el fondo del corazón del hombre hasta las aspiraciones de justicia social que cada sistema jurídico y comunidad política tiende a alcanzar.

Las principales virtudes del hombre justo, según la tradición judeocristiana fueron expresadas por el rey Salomón en los Proverbios (capítulos 10-15), de entre las que sobresalen las siguientes sentencias: “la memoria del hombre justo guarda la sabiduría; el justo aborrece la palabra mentirosa; en la casa del justo hay gran provisión, empero, turbación hay en las ganancias del impío; el corazón del justo piensa para responder, más la boca de los impíos derrama malas cosas; el hombre malo lisonjea a su prójimo y le hace andar por el camino no bueno, mas los labios de los justos son la felicidad de los reyes”.

Reducir las desigualdades en los recursos económicos de los que disponen los distintos países frente a otros menos favorecidos es otro tópico que han desarrollados diversos pensadores de la filosofía política con el fin de alcanzar la justicia social.

¿Existe una conexidad subyacente entre la justicia y la moral y ésta debe ser tomada en cuenta por los jueces al momento de dictar sentencia? ¿La moral es propia de la filosofía política y no de la justicia antropocéntrica, ya que aquella tiende a favorecer a los menos protegidos y ésta a la recta aplicación de la ley, sea el justiciable rico o pobre? Son preguntas centenarias que debemos resolver.

Sobre estas líneas del pensamiento filosófico, realizaremos un viaje a través de la historia donde encontraremos una red de teorías y prác-

Page 7

ticas para comprender la justicia que han sido adoptadas por los seres humanos.

Concepciones históricas sobre la justicia
2.1. En la antigüedad

En tiempos de Sócrates (470-399 a.C.), la justicia era vista en una posición intersubjetiva de fuerza. Los sofistas, entre ellos Trasímaco, en el Libro I de La República de Platón, (338 c) preocupado por la discusión sobre la justicia que Sócrates desarrolla con sus amigos, en un momento dado interviene como un animal salvaje ʊasí escribe Platónʊ queriendo destrozar a los presentes y, después de haber dicho que las afirmaciones de Sócrates eran patrañas, enuncia su definición diciendo: “Y escuchad bien. Yo afirmo que la justicia no es otra cosa que lo que es útil para el más fuerte”. Y algo semejante había dicho Calicles, quien en otro diálogo platónico (Gorgias 483 d) lanzó otra condena a los débiles y esta exaltación de los más fuertes: “Pero según yo creo, la naturaleza misma demuestra que es justo que el fuerte tenga más que el débil y el poderoso más que el que no lo es… Tal criterio de lo justo aparece también en los demás animales, como entre Estado y Estado y entre pueblo y pueblo, esto es, que el fuerte domine al débil y posea más”.4Para los idealistas ʊPlatón (427-347 a.C.) y sus seguidoresʊ5la justicia es vista en relación al individuo como la suma de todas sus virtudes: el alma ordenada es aquella cuyas partes cumplen cada una su función esencial y, merced a tal cumplimiento, realizan su virtud específica. El orden interno del alma, compuesta por una parte racional y otra emocional, nos lleva a atribuir a sus partes las siguientes virtudes: a la razón corresponde la sabiduría; a la voluntad, el valor; a los apetitos, la templanza. La armonía entre todas ellas, es la justicia. Como virtud estatal, la justicia es también armonía, el ensamble y el equilibrio deben existir entre los diversos estamentos que lo componen: los gobernantes con su sabiduría; los guardianes con su valor y la templanza entre los trabajadores: agricultores, artesanos y

Page 8

comerciantes. De tal manera que así como en cada individuo deben las virtudes hallarse coordinadas, en el Estado perfecto ha de existir armonía entre las clases sociales y sus actividades, a fin que pueda reinar la justicia, que es la virtud social por excelencia: “Ya hemos probado que nuestro Estado es justo porque cada una de las tres partes que lo componen actúan según su naturaleza y su destino. También hemos visto que cuenta con ciertas cualidades y disposiciones de estas tres virtudes por su prudencia, valor y templanza… No olvidemos que el Estado es justo cuando cada una de sus tres...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR