Justicia de género

AutorMaría Guadalupe Adriana Ortega Ortiz
CargoMaestra en derecho por la Universidad de Toronto
Páginas131-166
Quid Iuris, Año 9, Volumen 29, junio-agosto 2015 119
* Conferencia Magistral disertada en el Supremo Tribunal de Justicia del Poder Judicial del
Estado de Chihuahua, el 27 de marzo de 2015.
** Maestra en derecho por la Universidad de Toronto, Licenciada en Derecho por la Universidad
Autónoma de Chihuahua. En 2009 fue nombrada Directora de Equidad de Género en la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, desde de 2013 es Directora de Igualdad de Género del Máximo
Tribunal.
Recibido: 28 de marzo de 2015.
Aceptado: 8 de abril de 2015.
JUSTICIA DE GÉNERO*
María Guadalupe Adriana Ortega Ortiz**
SUMARIO: I. ¿Qué significa este entendimiento tridimensional del acceso
a la justicia para la justicia de género?; II. ¿Qué significa cuestionar el
paradigma de la neutralidad de las normas?; III. ¿Qué significa una
imparcialidad entendida como intersubjetividad ecuánime?; IV. ¿Qué
significa entender la incidencia del orden social de género en el acceso a
los derechos?; V. ¿Qué significa ser un árbitro de las diferencias y un
nivelador de las desventajas?

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