Retención de ISR en Pagos por Separación (ART-113-PFO-6 LISR)

AutorHonoré A. Bornacini Hervella
Páginas40-40
GUÍA SOBRE EL MANEJO DE FINIQUITOS Y LIQUIDACIONES LABORALES 2012
INSTITUTO
40
Quienes tienen Derecho a él:
F-I: Los contribuyentes que perciban los ingresos a que se refiere el ART-110-PFO-1 (Salarios) o F-I (Burócratas y
Fuerzas Armadas) de la LISR, excepto primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos por separa-
ción, gozarán del Subsidio para el Empleo que se aplicará contra el impuesto que resulte a su cargo en los térmi-
nos del ART-113 de la misma Ley.
El Subsidio para el Empleo se calculará aplicando a los ingresos que sirvan de base para calcular el ISR, que
correspondan al mes de calendario de que se trate, la siguiente:
Tabla del Subsidio para el Empleo Aplicable para 2012 (Decreto SPE):
Para ingresos de Hasta ingresos de
Cantidad de
subsidio para el
empleo mensual
$ $ $
0.01 1,768.96 407.02
1,768.97 2,653.38 406.83
2,653.39 3,472.84 406.62
3,472.85 3,537.87 392.77
3,537.88 4,446.15 382.46
4,446.16 4,717.18 354.23
4,717.19 5,335.42 324.87
5,335.43 6,224.67 294.63
6,224.68 7,113.90 253.54
7,113.91 7,382.33 217.61
7,382.34 En adelante 0
Monto de ingresos que sirven de base para calcular el
impuesto
Tabla del Subsidio para el Em pleo
Entrega del Subsidio para el Empleo:
Cuando el ISR obtenido de aplicar la tarifa del ART-113 de la LISR sea menor que el SPE mensual conforme a la
tabla anterior, el retenedor deberá entregar al contribuyente la diferencia que resulte.
Retención de ISR en Pagos por Separación (ART-113-PFO-6 LISR):
Determinar el ISR
relativo al USMO
÷
Último Sueldo Mensual
Ordinario (USMO)
=
t
=
NOTA: Cuando los pagos por concepto de retiro sean inferiores al importe del USMO, la retención se calculará
aplicando directamente la tarifa del ART-113 sobre la cantidad percibida.

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