ISR por pago de dividendos o utilidades distribuidos por las personas morales

AutorJosé Pérez Chavez/Raymundo Fol Olguin
Páginas89-95

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1. Dividendos distribuidos provenientes de la Cufin

Como pudo apreciarse en el capítulo I "Cufin", el saldo de la Cufin representa las utilidades acumuladas generadas por las personas morales por las cuales ya pagaron el ISR. Es por ello que cuando se distribuyen dividendos, no se causará el impuesto hasta por el saldo actualizado de esta cuenta a la fecha de distribución.

(Art. 10, tercer párrafo, LISR)

2. Dividendos que no provienen de la Cufin

De conformidad con el primer párrafo del artículo 10 de la LISR, las personas morales que distribuyan dividendos o utilidades a sus socios o accionistas están obligadas a pagar el impuesto que se obtenga de aplicar la tasa de 30% al importe que resulte de multiplicar los dividendos o las utilidades por el factor de 1.4286.

Para determinar el impuesto a pagar a la tasa de 30%, se procederá a comparar el importe a distribuir por concepto de dividendos contra el saldo de la Cufin, la diferencia, cuando el importe de dichos dividendos sea mayor, será la cantidad sobre la cual se determinará el impuesto:

Dividendos pagados

(-) Saldo de la Cufin

(=) Dividendos sujetos al pago del impuesto (cuando el resultado sea positivo)

Dividendos sujetos al pago del impuesto

(x) Factor de 1.4286 (para 2015)

(=) Base del impuesto

(x) Tasa de impuesto, 30% (para 2015)

(=) Impuesto por enterar

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3. Casos prácticos

CASO 1

PLANTEAMIENTO

Determinación del ISR por enterar en el pago de dividendos que efectuó una persona moral del régimen general de la LISR en agosto de 2015.

- Existe un saldo inferior al pago de dividendos en la Cufin.

DATOS

- Importe de dividendos pagados 67,000

- Saldo de la Cufin 30,000

DESARROLLO

1o. Determinación de la cantidad sujeta al pago del impuesto.

Dividendos pagados 67,000

(-) Saldo de la Cufin 30,000

(=) Cantidad sujeta al pago del impuesto por no provenir de la Cufin 37,000

2o. Determinación del impuesto por enterar.

[VER PDF ADJUNTO]

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COMENTARIOS

Cuando se paguen dividendos, deberá considerarse si los mismos provienen de la Cufin, los cuales ya no pagan impuesto, y los que no provienen de esta última cuenta estarán sujetos a la tasa de 30% sobre la cantidad que se obtenga de...

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