La investigación jurídica intercultural e interdisciplinar. Metodología, epistemología, gnoseología y ontología

AutorAntonio Salamanca Serrano
CargoProfesor titular de Derecho de la Escuela de Constitucionalismo y Derecho del Instituto de Altos Estudios Nacionales. Universidad de Posgrado del Estado (Ecuador)
Páginas59-92

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LA INVESTIGACIÓN JURÍDICA INTERCULTURAL E INTERDISCIPLINAR 1 Metodología, epistemología, gnoseología y ontología

Antonio Salamanca Serrano2Resumen: En este artículo se aborda la problemática que tiene el Derecho en Ecuador de encontrar un método y un paradigma que pueda dar cuenta de su realidad del modo más ajustado posible. Un horizonte, más allá de la reducción normativista del positivismo que sigue colonizando el estudio del Derecho en nuestra América, y especialmente necesario para el nuevo constitucionalismo de países como Bolivia, Ecuador o Venezuela. Se esboza una metodología de la investigación jurídica intercultural e interdisciplinar, apuntando algunas de sus exigencias epistemológicas, gnoseológicas y ontológicas.

Palabras clave: Interdisciplinariedad, derecho, epistemología, positivismo, paradigmas.

Abstract: This article aims to show the convenience of a multidisciplinary approach to the construction of knowledge of the law. We proceed first with a brief account of some relevant proposals regarding the theory and method of interdisciplinary; secondly we present the situation of legal studies in relation to interdisciplinarity; finally we propose legal pluralism as a theoretical lens that can contribute to the expansion of interdisciplinary legal studies, thus achieving a positive and enriching contamination of the law.

Keywords: Interdisciplinarity, law, epistemology, positivism, paradigm.

1 Artículo recibido: 30 de junio de 2015; aprobado: 20 de octubre de 2015.
2 Profesor titular de Derecho de la Escuela de Constitucionalismo y Derecho del Instituto de Altos Estudios Nacionales. Universidad de Posgrado del Estado (Ecuador). Correo-e: salamancantonio@hotmail.com

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1. Introducción

La investigación jurídica en nuestra América adolece de serios problemas. Es un males-tar generalizado en el ámbito regional. Constatando y diagnosticando este hecho, uno de los mejores diagnóstico fue el publicado en 2006 bajo la coordinación de Ch. Courtis y M. Atienza, Observar la ley: ensayos sobre metodología de la investigación jurídica3. Años después, la problemática continúa, como evidencia M. Sánchez orrilla (2011)4. El calado de esta realidad es aún mayor si nos adentramos en el campo de la investigación jurídica intercultural e interdisciplinar en países como Colombia, México, Panamá o Perú. Y qué decir respecto de ese modo de investigación en aquellos otros países que han acogido e intentan materializar el horizonte del nuevo constitucionalismo nuestroamericano como Bolivia, Ecuador o Venezuela. La problemática está afectando los trabajos de los operadores y activistas sociales, el aprendizaje de los alumnos y el diseño de las mallas o pensum de las carreras de Derecho, los proyectos de investigación y publicaciones de los alumnos y profesores docentes e investigadores universitarios, la actividad de los operadores jurídicos (jueces, fiscales, policías, abogados, etc.).

Según el último Censo de Población y Vivienda (2010), Ecuador tiene 37.373 abogados. No todos se dedican al litigio, sino que muchos trabajan como operadores jurídicos en instituciones públicas (42%) y privadas (58%) compatibilizando en algunos casos la docencia. Hasta ahora, una de las principales causas de que la mayoría se incline por el sector privado se debe a la inestabilidad laboral en el sector público. Quito (10.730) y Guayaquil (8.120) tienen prácticamente la mitad de los abogados. Estos datos han sido cuestionados al alza por el Colegio de Abogados de Guayas que eleva la cifra nacional de abogados a 47.713. Solo en su provincia afirma tener afiliados 14.794. Con todo, el promedio nacional es de 261 juristas por cada 100.000 habitantes. Ecuador se encuentra debajo de países como Brasil, Colombia y Costa Rica en el número de juristas proporcionalmente a su población.

Sin embargo, de ese número, pocos son los juristas profesores, con título de Maestría o Ph.D. en Derecho o en disciplinas afines, dedicados a la investigación y la docencia a tiempo completo en las facultades de Derecho del país. La mayor parte de los profesores en Derecho se dedican al ejercicio de la profesión como litigantes, fiscales o jueces. Para ellos, por limitaciones de tiempo, la vida académica e investigadora es accesoria y centrada en la docencia. En el panorama de los proyectos de investigación y

3 Courtis, Christian y Atienza Rodríguez,Manuel (coords.), Observar la ley: ensayos sobre metodología de la investigación jurídica, Madrid, Trotta, 2006, pp. 9-19.
4 Sánchez orrilla, Manuel, “La metodología en la investigación jurídica: características peculiares y pautas generales para investigar en el Derecho”, Revista Telemática de Filosofía del Derecho,
n.º 14, 2011, pp. 317-358.

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publicaciones jurídicas, la mayor parte de lo existente tiene un enfoque de glosa norma-tiva. Apenas hay trabajos con una perspectiva historicojurídica, sociojurídica, antropojurídica o economicojurídica ecuatoriana y latinoamericana; o estudios sobre Filosofía del Derecho o Teoría del Derecho, confeccionados con nuestra propia realidad, como diría J. Martí, y que no sea disfrazarse con la moda eurocéntrica o anglosajona (v.gr. en Teoría del Derecho, en general, o disciplinar, como en el campo de la Teoría del Derecho Administrativo, etc.). La gran parte de los textos de Teoría del Derecho penal, de la Filosofía del Derecho, del Derecho penitenciario, etc., en el Ecuador, son trabajos extranjeros. Y cuando lo son regionales (v.gr. argentinos, colombianos, etc.) con frecuencia siguen tributando a la gran deuda colonial. Ni qué decir tiene la magra producción jurídica en el ámbito de la fundamentación del nuevo paradigma constitucional. Ello es expresión del tremendo colonialismo jurídico dominante.

Por más de siglo y medio todavía sigue siendo hegemónico en el país el positivismo jurídico colonial con su reducción normativista. En esta iglesia continúan adoctrinándose casi todos los operadores jurídicos (v.gr. abogados, jueces, fiscales, activistas sociales, etc.). Muchos siguen confesando el credo “el Derecho es norma”. Se ha fetichizado a la mediación escrita, trasmisora del voluntarismo político, se la adora como una divinidad y se la invoca y pide muestras diarias de su poder. Otros, decepcionados de la impotencia de aquel Moloch, se marchan escépticos como carne fresca para el relativismo, la retórica cínica y el sofisma de los Gorgias y Protágoras de nuestros días.

En Ecuador, el colonialismo jurídico del positivismo normativista ha expropiado a los alumnos y estudiosos del Derecho la riqueza de explorar y buscar el mundo jurídico intercultural e interdisciplinarmente, como relación social histórico-jurídica, ántropo-jurídica, socio-jurídica, axiológico-jurídica, ideológico-jurídica, económico-jurídica, psico-jurídica, etc. No existen programas de posgrado en investigación jurídica intercultural e interdisciplinar, y pocos a nivel regional nuestroamericano. En el caso ecuatoriano, el problema adquiere mayor relevancia dado que el proyecto constitucional de 2008 necesita con urgencia perfiles de egreso de los operadores jurídicos capaces de responder a las exigencias del nuevo Estado de derechos y justicia. Eso resultará imposible sin personal académico, docente-investigador, fundamentalmente de las universidades públicas, que pueda abrir y crear, con los futuros operadores jurídicos, los conceptos, las categorías y los postulados del nuevo horizonte jurídico. En 2015, de los programas de posgrado ofrecidos por las universidades ecuatorianas en las 202 maestrías, solo 20 son en Derecho; y de ellos, dos son de investigación, y ninguno en investigación jurídica intercultural e interdisciplinar. Respecto de los programas de doctorado, de los 14 ofertados en el país, solo uno es en Derecho, y este sin moverse necesariamente en el horizonte metodológico intercultural e interdisciplinar.

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Programas de posgrado (maestrías y doctorados)
en las universidades ecuatorianas 2015

Fuente: Elaboración propia

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2. El problema del objeto y el método en la investigación jurídica en Ecuador

La investigación jurídica en Ecuador, como en buena parte de nuestra América, tiene un serio problema con su objeto y método. La comunidad científica tiene desacuerdos sobre su objeto y el método propio en la investigación. Hay un desacuerdo generalizado respecto al objeto de la investigación jurídica, su método, e incluso respecto a la posibilidad de “investigar” eso llamado Derecho. ¿Acaso es posible “investigar” y hacer ciencia del Derecho? ¿Cuál es el alcance de lo que solemos entender como “investigar”? ¿En qué sentido cabe utilizar el término? Esta diversidad de posiciones per se no debería significar mayor problema si no es por la hegemonía de un horizonte esclerotizante del mundo jurídico, el positivismo normativista, que dictamina qué es el Derecho, qué investigar y cómo hacerlo.

Según las respuestas a las preguntas anteriores, dos grandes paradigmas podemos diferenciar en términos generales sobre el objeto de la ciencia y su método: el cognitivamente escéptico y el propiamente científico. En el primero, la ciencia es a lo más un sistema o corpus de opiniones o postulados axiomáticos sistematizados, compartidos y hegemónicos en una época histórica; y la investigación no más del trabajo de dotar al sistema de opiniones o axiomas con completud, articulación y coherencia interna. En el segundo, la ciencia es un sistema o corpus de conocimientos; y la investigación se entiende como...

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