Introducción

AutorArmando Estrada Carbajal
Cargo del AutorLicenciado en Derecho egresado de la Facultad de Derecho de la UNAM
Páginas7-8

Page 7

Quienes vivimos en esta Ciudad de México, a diario nos hemos percatado de innumerables establecimientos mercantiles que ostentan sellos de suspensión de actividades o de clausura, con los que desde luego se impide su funcionamiento.

Esto ha sido una constante y no sólo se aprecian los sellos en pequeños comercios, sino en tiendas departamentales, gimnasios, restaurantes, escuelas, farmacias, etcétera.

Obviamente, a los transeúntes, clientes o usuarios de los establecimientos mercantiles les surge la interrogante del motivo que ha dado lugar a ese cierre ordenado por la auto-ridad administrativa; esto por supuesto les genera inquietud y la mayor parte de las veces provoca que aun cuando sea reabierto el negocio, ya no tenga la misma concurrencia, ni el volumen de ventas obtenido antes de su cierre.

Sin duda esta suspensión de actividades o clausura, si se prolonga por semanas, meses o incluso años, incide en el cierre definitivo de un negocio o establecimiento mercantil.

Al respecto basta apreciar, de las cifras proporcionadas por el INEGI, que solamente sobreviven durante su primer año, el sesenta y cuatro por ciento de los negocios que inician operaciones.

No queremos decir...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR