Introducción

AutorJosé Pérez Chavez/Raymundo Fol Olguin
Páginas11-18

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En la actualidad, los contribuyentes que cuentan con una mayor carga administrativa en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales son las personas físicas y morales que tienen trabajadores a su cargo, pues el cumplimiento de ciertos deberes con los trabajadores es bastante laborioso, por ejemplo, la de retener, enterar e informar sobre los impuestos que retienen a los mismos.

El 26 de diciembre de 2013, la SHCP dio a conocer en el DOF el Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, el cual entró en vigor el 1 o. de enero de 2014 y sigue vigente para el ejercicio de 2015. El Decreto tiene por objeto agrupar varias medidas y beneficios fiscales, a efecto de que queden establecidos de manera clara y sencilla en un solo instrumento jurídico, y que permita identificarlos fácilmente y mejorar la certidumbre jurídica de los contribuyentes; en este sentido, incluye diversos beneficios y estímulos fiscales vigentes que se han otorgado en años anteriores, organizados por materias, a saber: ISR, IVA y CFF, entre otras. También otorga nuevos beneficios.

En esta obra se indican los aspectos relevantes de dicho Decreto.

Los pagos de sueldos, salarios y conceptos asimilados a estos, sólo se pueden deducir cuando las erogaciones por concepto de remuneración y las retenciones del ISR correspondientes, consten en Comprobantes Fiscales Digitales por Internet o Facturas Electrónicas, también conocidos como CFDI's.

Los empleadores que hagan pagos de sueldos, salarios y conceptos asimilados a estos, deberán expedir y entregar CFDI's a las personas que reciban los citados pagos, en la fecha en que se realice la erogación correspondiente.

Es decir, por cada pago de salarios o prestaciones que se efectúe a los trabajadores, se deberá expedir un CFDI, entre otros, por los siguientes conceptos:

  1. Salarios semanales o quincenales.

  2. Horas extra.

  3. Gratificaciones.

  4. Prestaciones de previsión social.

  5. Fondo de ahorro.

  6. Premios por puntualidad o asistencia.

  7. PTU.

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  8. Aguinaldo.

  9. Prima vacacional.

  10. Indemnizaciones y finiquitos.

    Esta situación genera una mayor carga administrativa para los contribuyentes.

    Concientes de lo anterior, la casa editorial pone esta obra al alcance de los empleadores, las personas encargadas del departamento de nóminas de las empresas, profesores, estudiantes, etc. En la obra se presentan, de manera clara y sencilla, cada una de las obligaciones fiscales que los empleadores deben cumplir por cuenta de los trabajadores, así como de las personas que perciben ingresos asimilados a salarios. Lo anterior se complementa con varios casos prácticos que facilitarán al lector la comprensión de los temas correspondientes a cada capítulo. Asimismo, se incluyen los estímulos, beneficios y opciones que contemplan las disposiciones fiscales vigentes, relacionados con los ingresos por sueldos, salarios y conceptos asimilados a estos que obtienen las personas físicas.

    De igual forma, esta obra puede ser consultada por los propios trabajadores y personas que obtienen ingresos asimilados a salarios.

    A través de las páginas de este libro, nuestros lectores encontrarán una guía que les permitirá entender y aplicar de inmediato las complejas disposiciones fiscales que son aplicables a los contribuyentes que obtienen ingresos por salarios y conceptos asimilados a estos.

Notas importantes por considerar
  1. Según la fracción XXX del artículo 28 de la LISR, los pagos que a su vez sean ingresos exentos para los trabajadores no serán deducibles hasta por la cantidad que resulte de aplicar el factor de 0.53 al monto de dichos pagos; es decir, los referidos pagos sólo se podrán deducir en un 47%.

    Cuando las prestaciones otorgadas por los empleadores a favor de sus trabajadores que a su vez sean ingresos exentos para dichos trabajadores, en...

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