Introduccion

AutorJosé Pérez Chavez/Raymundo Fol Olguin
Páginas23-25

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El artículo 25, inciso 1, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948 establece lo siguiente:

Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

Mediante el seguro social como instrumento básico de la seguridad social, según el artículo 4o. de la Ley del Seguro Social (LSS), el gobierno federal garantiza a los trabajadores y sus beneficiarios legales la atención médico-hospitalaria y farmacéutica, las prestaciones económicas por riesgos ocupacionales y por enfermedad y maternidad, los servicios sociales necesarios para el bienestar familiar, pero sobretodo, reconoce el derecho de los trabajadores a disfrutar de una pensión digna cuando se le determine una incapacidad permanente parcial o total imputable al desempeño de sus actividades de trabajo, ya sea por accidente o enfermedad profesional; o bien, cuando tras padecer una enfermedad general incurra en un estado de invalidez que le impida continuar con su relación laboral o finalmente porque concluyó su vida laboral.

Según el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), órgano encargado de administrar el seguro social, una pensión es el resultado del esfuerzo de los trabajadores durante la vida laboral, contar con ella ofrece tranquilidad y seguridad para poder disponer men-sualmente de una cantidad que permitirá a todo el núcleo familiar vivir con dignidad y en caso de fallecimiento del pensionado, la viuda y los huérfanos o ascendientes conservarán el derecho a la pensión de vida.

Así, la pensión es una prestación económica que se otorgará al trabajador asegurado ante el IMSS o a sus beneficiarios legales, cuando se ubiquen en las situaciones establecidas en la LSS y cumplan las condiciones y requisitos para solicitarla.

La pensión se puede obtener por:

  1. Incapacidad permanente parcial o total

  2. Invalidez

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  3. Cesantía en edad avanzada

  4. Vejez

  5. Retiro anticipado

  6. Viudez

  7. Orfandad

  8. Ascendientes

    La pensión por incapacidad permanente, al amparo del seguro de riesgos de trabajo se otorga al...

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