Información financiera a fechas intermedias. Conozca la información que debe presentar y cómo elaborarla

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Introducción

Con frecuencia, las entidades económicas tienen necesidad de elaborar información financiera a fechas inter-medias (estados financieros a fechas intermedias), es decir, por periodos menores a un año completo o al ciclo normal de operaciones de la entidad, ya sea porque los requieren las autoridades financieras, específicamente en el caso de las sociedades que cotizan en bolsa de valores, porque son solicitados a la entidad por las instituciones bancarias como requisito para otorgar créditos, o bien, debido a que la administración de la entidad los considera útiles y necesarios para la toma de decisiones.

De acuerdo con la norma de información financiera (NIF) B-9, denominada "Información financiera a fechas inter-medias", los estados financieros a fechas intermedias tienen como propósito proporcionar oportunamente información útil para que el usuario pueda evaluar de una entidad, entre otras cuestiones lo siguiente:

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Para lograr lo anterior, las entidades que presenten información financiera a fechas intermedias deben cumplir con los criterios de reconocimiento establecidos en la NIF B-9.

Cabe observar que la NIF B-9 tiene por objeto establecer, con respecto a la información financiera a fechas intermedias, lo siguiente:

1. Las normas de reconocimiento que deben seguirse para su elaboración.

2. El contenido de esa información, ya sea que se presente en forma completa o condensada.

En este taller, se indican los lineamientos más importantes que deben observarse para presentar y formular estados financieros a fechas intermedias, según lo señalado por la NIF B-9.

¿Qué debe contener la información a fechas inter-medias?

En términos de la NIF B-9, una entidad debe presentar en su información a fechas intermedias, estados financieros completos, aunque también se permite presentar estados financieros condensados.

No obstante, la política que se elija (presentar estados financieros completos o condensados), debe aplicarse en forma consistente y, en caso de modificarse, la entidad debe aplicar este cambio contable en forma retrospectiva, y atender las normas de presentación y revelación de la NIF B-1, denominada "Cambios contables y correcciones de errores".

Estados financieros completos

Deben incluir, por un determinado periodo intermedio, lo siguiente:

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Las entidades con propósitos no lucrativos, en lugar de emitir un estado de resultados y un estado de variaciones en el capital contable, deben emitir un estado de actividades.

Estados financieros condensados

Conforme a la NIF B-9, con objeto de emitir información oportuna y para lograr que sus beneficios sean superiores al costo de su emisión, así como para evitar la repetición de datos antes publicados, la entidad puede incluir menos información en los periodos intermedios, que la que incorpore en sus estados financieros anuales. La información financiera a fechas intermedias se determina para actualizar la última información anual emitida, por lo que se hace énfasis en las nuevas actividades, sucesos y circunstancias. Por tanto, se permite que a fechas intermedias una entidad presente estados financieros condensados, en lugar de estados financieros completos.

Los estados financieros condensados constituyen el contenido mínimo de la información financiera a fechas intermedias que requiere la NIF B-9 y deben contener, por un periodo específico, lo siguiente:

1. Estado de posición financiera condensado.

2. Estado de resultados condensado o, en su caso...

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