¿Se debe pagar ISR por los intereses derivados de una inversión en Cetes?

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Soy contador independiente. Uno de mis clientes es una persona física que tributa en el régimen de las actividades empresariales y profesionales. En mayo pasado, este cliente realizó una inversión en Cetes y me comentó que por los intereses generados en ese mes por tal inversión le realizaron una retención de ISR. Al respecto, tengo duda si este tipo de intereses debe causar dicho impuesto, pues recuerdo que en años anteriores los mismos estaban exentos del mencionado gravamen.

Lector de México, DF

Pregunta

¿Se debe pagar ISR por los intereses derivados de una inversión en Cetes?

Respuesta

El artículo 109, fracción XIX, de la Ley del ISR estipula lo siguiente:

109. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:

XVI. Los intereses:

  1. Pagados por instituciones de crédito, siempre que los mismos provengan de cuentas de cheques, para el depósito de sueldos y salarios, pensiones o para haberes de retiro o depósitos de ahorro, cuyo saldo promedio diario de la inversión no exceda de 5 salarios mínimos generales del área geográfica del Distrito Federal, elevados al año.

  2. Pagados por sociedades cooperativas de ahorro y préstamo y por las sociedades financieras populares, provenientes de inversiones cuyo saldo promedio diario no exceda de 5 salarios mínimos generales del área geográfica del Distrito Federal, elevados al año.

Para los efectos de esta fracción, el saldo promedio diario será el que se obtenga de dividir la suma de los saldos diarios de la inversión entre el número de días de ésta, sin considerar los intereses devengados no pagados.

Según se observa, no se debe pagar el ISR únicamente por los intereses pagados por instituciones de crédito, siempre que los mismos provengan de cuentas de cheques, para el depósito de sueldos y salarios, pensiones o para haberes de retiro o depósitos de ahorro, cuyo saldo promedio diario de la inversión no exceda de cinco salarios mínimos generales del área geográfica del DF, elevados al año, así como por los que paguen las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo y las sociedades financieras populares, provenientes de inversiones cuyo saldo promedio diario no exceda de cinco salarios mínimos generales del área geográfica del DF, elevados al año.

Por consiguiente, los intereses derivados de una inversión en Cetes sí...

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