La interdisciplinariedad en la enseñanza del Derecho y en el Derecho Penal

AutorMaría del Pilar Espinosa Torres
CargoInvestigadora Jubilada de la Universidad Veracruzana

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Introducción

La tendencia a la especialización es muy antigua, Aristóteles ya distinguía entre algunas ciencias como la biología, la física, y como partes de la filosofía, la psicología y la antropología. En la Edad Media se clasifican las disciplinas existentes con una gran sistematización. Jeremías Bentham donó su cuerpo para el estudio científico, desarrollándose la anatomía. Al establecerse las Universidades se fijaron cotos limitantes para cada especialidad. Sin embargo, desde el siglo XVI se intentó compendiar cada una de manera enciclopédica, pudiéndose referir a una tendencia enciclopédica general o por áreas.

No obstante, ante la extensión de los conocimientos y la imposibilidad de dominar un gran campo de estudio, fue necesario abandonar relativamente el enciclopedismo y optar por la especialización dentro de cada disciplina, recomendando circunscribir un objeto de estudio, ya que según el dicho "quien mucho abarca, poco aprieta". Ante esta orientación, en muchas ocasiones se pierde de vista el todo. Un oculista solo sabía de ojos, un traumatólogo de huesos lastimados. En el derecho sucedió lo mismo, cada vez se dividieron mas las ramas del saber jurídico. Un penalista podría saber de teoría de la ley, teoría del delito, teoría de la pena o procesal penal, pero no de derecho civil o mercantil. Con la globalización, en cambio, se insiste en el conocimiento holístico e integral. ¿cuál es la situación que prevalece y debe prevalecer en nuestros días? Esto es lo que intentamos dilucidar en este trabajo.

1. Pluridisciplinariedad, interdisciplinariedad y transdiciplinariedad

Es indispensable clarificar estos tres términos: La pluridisciplinariedad no hace otra cosa que reunir expertos unidisciplinarios, cada uno de los cuáles realiza un diagnóstico y presenta su informe de acuerdo a su ámbito disciplinario. Por otra parte la transdiciplinariedad se da cuando un sistema-objeto puede ser abordado por varias disciplinas que se intersectan unas a otras con sus saberes, discursos y explicaciones. Por ejemplo un estudio de un ecosistema, donde la geología, geografía, climatología, física, química, biología, demografía, sociología y otras convergen hacia la descripción no de un objeto sino de un sistema complejo, de un problema global. Los conocimientos y discursos de ese estudio son transversales. Ejemplos del primer tipo sería un estudio sobre la eutanasia en el cual confluyen los enfoques de un filósofo, de un jurista, de un sociólogo, de un sacerdote, cada uno dando su punto de vista. Esto es lo que por lo general se hace en las mesas redondas.

Según Jaime Francisco Coaguila Valdivia,1 la pluridisciplinariedad consiste en que a propósito de un objeto de estudio, una serie de disciplinas diferentes desarrollan sus puntos de vista específicos de manera yuxtapuesta. La transdisiplinariedad procura abandonar los puntos de vista particulares de cada disciplina para producir un saber autónomo de donde resulten nuevos objetos y nuevos métodos. La interdisciplinariedad se opera a partir del campo teórico de una de las disciplinas presentes, la cual desarrolla unas problemáticas y unas hipótesis que se entrecruzan parcialmente con aquellas que elabora por su lado la otra disciplina. Manuel Atienza entre otros autores, propone un estudio de este tipo entre el derecho y la antropología, la psicología, la historia, la sociología, el análisis económico, la lógica jurídica y la informática, afirmando que desde las teorías y métodos de esas disciplinas se puede aplicar, desarrollar y sistematizar el derecho positivo. De ahí que Atienza, citado por Coaguila,2 afirme que existen cuatro perspectivas desde las cuales estudiar el derecho: la perspectiva estrictamente jurídica (dogmática) , la de determinadas ciencias humanas o sociales que dan lugar a otras tantas disciplinas jurídicas y no solo jurídicas (sociología jurídica) y la perspectiva de determinados métodos que no llegan a configurar otra nueva disciplina jurídica sino que tratan de incluirse en las ya constituidas (teoría de los juegos) y finalmente la perspectiva de las ciencias formales, por ejemplo la de la informática y la de la filosofía. Todavía siguiendo a Coaguila Valdivia, encontramos que la corriente de los critical legal studies, en el derecho norteamericano está a la búsqueda de articulaciones entre la literatura, la filosofía, el derecho y los problemas políticos institucionales.

Una de las propuestas mas prometedoras de interdisciplinariedad ha sido desde el punto de vista de la antropología a través de los estudios de género, los cuales se han enriquecida con la perspectiva del deconstructivismo en el cual se destaca el binomio mujer y se le da voz en la petición de sus demandas, olvidadas por siglos con el predominio del patriarcado.3

Según el Boletín del Instituto de Pensamiento Holístico Planetario,4 la pluridisciplinariedad consiste en el estudio del objeto de una sola y misma disciplina por medio de varias disciplinas a la vez. La interdisciplinariedad es la transferencia de métodos de una disciplina a otra. Hay tres grados: a) un grado de aplicación, ejemplo métodos de la física nuclear transferidos a la medicina conducen a la aparición de nuevos tratamientos para el cáncer. B) un grado epistemológico, por ejemplo la transferencia de los métodos de la lógica formal en el campo del derecho. C) un grado de concepción de nuevas disciplinas, ejemplo la transferencia de los métodos de la matemática en el campo de la física ha engendrado la físico-matemáticas; de la física de las partículas a la astrofísica se ha dado la cosmología cuántica; de las matemáticas a los fenómenos meteorológicos o de la bolsa. Tanto la pluri como la interdisciplinariedad sobrepasan las disciplinas pero su finalidad queda inscrita en la investigación disciplinaria. La transdiciplinariedad por su parte concurre a lo que simultáneamente es entre las disciplinas pero va también a través y más allá de ellas. Su finalidad es la comprensión del mundo presente, uno de cuyos imperativos es la unidad del conocimiento. Los tres pilares de la transdisciplinariedad son el nivel de realidad, la lógica del tercero incluido y la complejidad, niveles que determinan la metodología. Al decir de este documento, estas modalidades de la investigación se ponen de manifiesto por ejemplo en el acompañamiento de los moribundos.

La transdisciplinariedad, de acuerdo al documento de trabajo del Fondo de Fomento Institucional,5 producción de conocimiento, y siguiendo a Alfonso Borrero, Edgar Morin y Nicolescu, es una perspectiva que propone considerar una realidad multidimensional estructurada en múltiples niveles que sustituye la visión de una realidad unidimensional del pensamiento clásico...se trata de un nivel máximo de integración de las ciencias donde se borran las fronteras de cada una... en este sentido, surgen no sólo nuevos campos de trabajo y nuevos conocimientos sino nuevas disciplinas articuladas, como en el caso de los estudios culturales. 6

Como acertadamente señala Leticia Heras Gómez 7 El problema consiste en cómo construir y restituir las disciplinas de manera que se eliminen sus estructuras fundacionales innecesariamente limitantes y paralelamente retener la vitalidad propia de su campo de investigación para que el conocimiento se amplíe y el rango de sus posibilidades constituyan una actividad intelectual legítima.

2. La interdisciplinariedad en la enseñanza del derecho

La complejidad de los estudios transdiciplinarios nos hace considerarlos como una meta todavía remota en el derecho, calificada por algunos de utópica, sin embargo la interdisciplinariedad ha sido trabajada ya con buenos resultados aunque es un punto pendiente en la revisión de los planes de estudio de las Facultades de Derecho y en especial en la de la Universidad Veracruzana. Las instituciones modernas incluyen un número mayor de materias no jurídicas, con cursos de metodología específica para abordarlos. Ejemplos de estudios interdisciplinarios son los realizados por el doctor en medicina Fernando Cano Valle sobre medicina y derecho en la UNAM, otros se centran en la biodiversidad o la biotecnología (en donde confluyen la psicología, la biología, la ética, la medicina, la antropología cultural y el derecho) , alimentos transgénicos, soberanía alimentaria, derecho nuclear, derecho de la comunicación, derecho e información, derecho comunitario (derecho y política) , derecho y arte (en sus múltiples manifestaciones, por ejemplo en el cine) y derecho y literatura. Otros ejemplos de estudios interdisciplinarios son los que encontramos entre filosofía y derecho en la colección de la Editorial Fontamara. Ya García Maynez en su Introducción al derecho, al ilustrar con sus círculos secantes consideraba tres enfoques en el estudio del derecho: el normativo, el...

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