Rubro: Interés Jurídico en Sentido Amplio. Interpretación basada en el Sentido Semántico de dicha expresión y en el Contenido de los Artículos 107 Fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 4o. de la Ley de Amparo.
... el interés jurídico, en sentido amplio, debe entenderse como la mera afectación a la esfera jurídica de un gobernado, puesto que ni de la Constitución, ni de la Ley de Amparo, se advierten elementos mayores de interpretación de dicho concepto.
Epoca: Novena
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito.
Fuente: Semanario Judicial de la...