Intencionalidad vs. trastorno mental

AutorBernat-N. Tiffon
Páginas151-159

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Dr. Bernat-N. Tiffon

Psicólogo Forense

Psicólogo General Sanitario (PGS Habilitado)

Profesor de Psicologia Jurídica de la Universitat Abat Oliba UAO - CEU

En el ámbito jurisdiccional de lo Penal, los Operadores Jurídicos nunca preguntarán a los Peritos expertos en Salud Mental o Psicologia Forense sobre la intencionalidad de los delitos de sangre en base a las heridas. En cuyo caso, los únicos profesionales que se pueden determinar sobre estos extremos con plena y facultada propiedad, son los Médicos Forenses (y siempre en caso de que se puedan determinar, dado que no siempre es fácil establecerlo).

Los facultativos Médicos solo pueden determinarse sobre las heridas infligidas sobre la víctima, las causas médicas de muerte de naturaleza extraña y sobre la posibilidad de existencia de ensañamiento (o no) sobre la víctima; en cambio, los profesionales de la Salud Mental (Psicólogos y/o Psiquiatras) solo pueden determinarse en la com-patibilización del tipo de trastorno mental y cómo afecta sobre las capacidades intelectivo-cognitivas y/o volitivas, al preciso instante de la comisión del delito (tal como según consta en el Art. 20 del CPln="11" id="footnote_reference_73" class="footnote_reference" data-footnote-number="73">73),

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desde la base de los indicios de la previa historia clínica existente y de la exploración (psico)patológica directa sobre el informado.

De este modo, será SSa quien determinará la razón de ser en cuanto a intencionalidad se refiere con todo el resto de indicios e información obtenidas mediante la práctica de las diligencias de investigación.

La siguiente foto se puede compatibilizar la intencionalidad del agresor en querer asesinar a la victima infligiendo múltiples y abundantes heridas mortales con arma blanca en región precordial74.

(ver imagen en pdf adjunto)

Tercero. Que el necesitado no tenga, por su oficio o cargo, obligación de sacrificarse.

6. El que obre impulsado por miedo insuperable.

7. El que obre en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo.

En los supuestos de los tres primeros números se aplicarán, en su caso, las medidas de seguridad previstas en este Código".

Fuente: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l1t1.html (extraído en fecha de 06.08.2017).

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La siguiente foto se puede compatibilizar la intencionalidad del agresor en querer asesinar a la victima infligiendo múltiples heridas mortales con arma blanca localizadas en la espalda75.

Las 2 siguientes fotos son de la misma víctima: "homicidio materializado por dos...

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