¿La inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio del Seguro Social puede mejorar el promedio salarial de un trabajador próximo a pensionarse mediante la LSS de 1973?

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Laboro como gerente de mercadotecnia en una empresa que se dedica a la instalación de aires acondicionados. Actualmente, tengo 56 años y pretendo pensionarme por la LSS de 1973 al cumplir 60 años. Hace algunos días acudí a una subdelegación del IMSS a solicitar una constancia de semanas cotizadas con objeto de conocer cuántas semanas de cotización tengo y conocer el salario con el que he cotizado en mis últimos años de trabajo. Al revisar mi constancia me percaté de que ya cuento con las semanas de cotización requeridas para solicitar una pensión (500); sin embargo, el salario con el que he cotizado es muy pequeño, por lo que en caso de llegar a pensionarme con ese salario el pago que me otorgaría el instituto sería muy bajo. Al respecto, un funcionario de la subdelegación me sugirió terminar mi relación laboral y afiliarme a la continuación voluntaria en el régimen obligatorio (modalidad 40) con un salario más alto a fin de mejorar mi promedio salarial y obtener una pensión mayor. Deseo saber si la continuación voluntaria en el régimen obligatorio puede ser una opción para mejorar mi promedio salarial.

Lector de Torreón, Coahuila

¿La inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio del Seguro Social puede mejorar el promedio salarial de un trabajador próximo a pensionarse mediante la LSS de 1973?

Sí, pues el artículo 218, primer párrafo, de la LSS establece lo siguiente (énfasis añadido):

218. El asegurado con un mínimo de cincuenta y dos cotizaciones semanales acreditadas en el régimen obligatorio, en los últimos cinco años, al ser dado de baja, tiene el derecho a continuar voluntariamente en el mismo, pudiendo continuar en los seguros conjuntos de invalidez y vida así como de retiro, cesantía en edad...

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