Aplicación del INPC de octubre en el Sistema único de autodeterminación de cuotas al IMSS e Infonavit

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Como es sabido a partir de julio de 2002, el Banco de México (Banxico) modificó la base de cálculo del Indice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), para que el índice correspondiente a la segunda quincena de julio del mismo año, tomara la base de 2002 = 100.

Esta modificación afectó la actualización que se debe realizar para calcular los pagos extemporáneos de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), utilizando el programa informático Sistema único de autodeterminación (SUA) proporcionado por el propio IMSS.

Como existe una base diferente entre el índice publicado en julio de 2002 por el Banxico y la utilizada para programar el SUA (base 1994), el IMSS tenía previsto difundir una nueva versión del SUA, en la que se pudiera incluir el INPC base 2002; sin embargo, optó por dar a conocer cada mes, a través de la Coordinación de Cobranza, el INPC aplicable al sistema; y con ello, calcular la actualización de los pagos extemporáneos de cuotas y aportaciones al IMSS e Infonavit.

De julio de 2002 a la fecha, se ha venido actualizando la tabla de factores utilizados para alimentar el SUA; sin embargo, el INPC aplicable a octubre de 2003 y dado a conocer por el IMSS el 11 de noviembre último fue incorrecto, pues al realizar el cálculo se utilizó sólo la información de la segunda quincena de octubre y no la de todo el mes, tal como la dio a conocer el Banxico, mediante del Diario Oficial de la Federación del 10 de noviembre de 2003; con ello, obtuvo un resultado incorrecto de 381.6550.

Al detectar el error, con fecha 18 de noviembre el IMSS corrigió y difundió el factor correcto de 381.4020; esto propició que algunos...

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