Inmigrante. Un mexicano más en materia de Derechos Humanos

AutorNéstor Gabriel López
CargoPresidente de la Comisión PLD FT/Anticorrupción del CCP Chiapanecos Consultor fiscal & patrimonial
Páginas50-53
MISCELÁNEA
50
Néstor Gabriel López
Presidente de la Comisión PL D FT/Anticorrupción del CCP C hiapanecos
Consultor fisc al & patrimonial
@gabrielnestor
gabriel@ceiconsultores.com.mx
En la actualidad, esta mi sma frase toma especial rele-
vancia en Méx ico. Históricamente nuestro pa ís se ha
caracteri zado por ser un anf itrión que, gustosa mente
recibe con las ma nos abiertas al extranjero, a l punto de
que, en virtud de tal entrega, en la época prehispá ni-
ca gran par te de sus riquezas fueron donadas a los pri-
meros colonizadores, más que como contraprestación
como una respuesta generosa a los nuevos conoc imien-
tos, experiencias y bienes que venía n con tales coloni-
zadores. Claro está, la contraparte no actuaba con la
misma buena fe.
Sin embargo, pese a ello, la calidad hospitalaria del
mexicano no se ha perd ido y continúa dando muestras
de cariño a la s personas que transitoriamente vienen
a nuestro país. En este sentido, Méx ico ha puesto en
práctica los actuales derechos huma nos al punto de
marcar tendenci a con la actual Constitución Federal
(Constitución Política de los Est ados Unidos Mexicanos
[CPEUM]), que desde sus inicios en 1917, en medio de la
conocida “gran gue rra” (Primera Guerra Mund ial), mar-
có vanguard ia al establecer por pri mera vez en el mundo
la obligación del Est ado de proteger no solo los derechos
individuales, sino también los derechos sociales de los
trabajadores, del campo y de l a ciudad.
Justamente, a raíz de los pro cesos bélicos los gobiernos
mundiales est ablecieron una serie de acuerdos tendien -
tes al respeto de la condición y dignidad del hombre y
de la mujer, al punto que, en la actualidad, se han fir-
mado más de cien tratados y convenciones internacio-
nales para el respeto a los derechos humanos de tod as
las personas.
Esta tendencia globa l del respeto de los derechos hu-
manos conllevó a que, desde el ejercicio 2011, en el
artícu lo 1 de la Constitución Federal se preci sara la ga-
rantía de toda persona, sin excepció n y sin impor-
tar su nacionalidad , a gozar los derechos huma nos
reconocidos en la misma, y adicionalmente en los tra-
tados internacionales de los que el Estado me xicano
sea parte, así como de l as garantías para su protecc ión,
cuyo ejercicio no podrá restringi rse ni suspenderse,
salvo en los casos y bajo l as condiciones que esta Cons-
titución establece.
En efecto, esta garantía, en su más ampl ia expresión,
implica que no solo los mexicanos gozarán de los dere-
chos humanos, sino todas personas, por supuesto, los
extranjeros. A nte esto, a la población migrante, con in-
dependencia de su condic ión jurídica en el país, le son
Europa no debería tener tanto miedo de la inmigrac ión:
todas las grandes culturas su rgieron a partir del mestizaje…
—Günter Grass, esc ritor alemán

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