Iniciativa en materia de créditos fiscales de empresas sujetas a concurso mercantil

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El 13 de febrero de 2006, el diputado Juan Francisco Rivera Bedoya, del Partido Revolucionario Institucional, presentó ante la Cámara de diputados el proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Concursos Mercantiles y del Código Fiscal de la Federación, misma que fue turnada a las Comisiones Unidas de Economía y de Hacienda y Crédito Público de esa cámara.

Con dicha iniciativa se pretende dejar sustentado legalmente que los créditos fiscales sean sujetos de los convenios respectivos, en los cuales deberán participar las autoridades correspondientes, excluyendo sólo los créditos laborales que no deben estar sujetos a negociaciones y ser garantizados.

Se trata también de que se den facilidades para que esos créditos fiscales puedan ser cubiertos en plazos, y que incluso la autoridad pueda condonar parte de los mismos si considera que se puede afectar de manera grave la planta productiva; es decir, que se afecte el empleo y, por tanto, los ingresos de las familias.

Con base en lo anterior se propone modificar y adicionar los artículos 153,156 y 221 de la Ley de Concursos Mercantiles, y 66-A, fracción IV, inciso b, 146-B, párrafo primero, fracciones I y II, y 149, párrafos primero y cuarto, del CFF.

Por lo que respecta al código tributario, los textos propuestos a los artículos referidos quedarían como sigue:

Artículo 66-A. Para los efectos de la autorización (pago diferido) a que se refiere el artículo anterior, se estará a lo siguiente:

  1. Se revocará la autorización para pagar a plazos, en parcialidades o en forma diferida, cuando

    1. El contribuyente se encuentre sometido a un procedimiento de concurso mercantil o sea declarado en quiebra; en su caso, el pago a plazos será materia del convenio respectivo.

    Artículo 146-B. Tratándose de contribuyentes que se encuentren sujetos a un procedimiento de concurso mercantil, las autoridades fiscales podrán condonar parcialmente los créditos fiscales relativos a contribuciones que debieron pagarse con anterioridad a la fecha en que se inicie el procedimiento de concurso mercantil y aun después, siempre que el comerciante haya celebrado convenio con sus acreedores en los términos de la ley respectiva y de acuerdo con lo siguiente:

  2. Cuando el monto de los créditos...

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