Iniciativa de reforma fiscal 2014. Presentada ante el Congreso de la Unión

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El pasado 8 de septiembre, el Ejecutivo Federal presentó ante la Cámara de diputados el Paquete económico para 2014, el cual consta de los siguientes documentos:

1. Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014.

2. Proyecto de Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014.

3. Criterios generales de Política Económica 2014.

También, se presentó la Reforma hacendaria para 2014, misma que se integra de los siguientes documentos:

1. Iniciativa de Decreto por el que se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta.

2. Iniciativa de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado , de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación.

3. Iniciativa de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Aduanera.

4. Iniciativa de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.

5. Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos y se reforman, adicionan y derogan diver-sas disposiciones de las leyes Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, General de Deuda Pública y de Petróleos Mexicanos.

6. Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

7. Iniciativa de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal.

8. Iniciativa de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal y de la Ley General de Contabilidad Gubernamental , en materia de financiamiento educativo.

9. Iniciativa de Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 4o., 73 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , en materia de seguridad social universal.

10. Iniciativa de Decreto por el que se expiden la Ley de la Pensión Universal y la Ley del Seguro de Desempleo , así como se reforman, adicionan y derogan diversas leyes para establecer mecanismos de seguridad social universal.

11. Iniciativa de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los Títulos Tercero Bis y Décimo Octavo de la Ley General de Salud.

De acuerdo con el Gobierno Federal, la reforma hacendaria para 2014 tiene los siguientes objetivos:

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A continuación, comentamos los aspectos que en nuestra opinión son los más importantes de la Reforma hacendaria para 2014; en próximas ediciones haremos un análisis más detallado de la misma.

Decreto por el que se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta

Con objeto de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales se propone una nueva Ley del ISR, con la cual se eliminaría un número considerable de artículos que actualmente integran el sistema renta, lo que representaría una reducción

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de 40% en relación con el número de disposiciones actuales; asimismo, se eliminarían las leyes del IETU y del IDE.

También, se propone efectuar modificaciones al ISR, mismas que, además de simplificar su diseño y estructura, contribuirían a recuperar su potencial recaudatorio a través de la ampliación de su base. Según la exposición de motivos de este decreto, por un lado, se sugiere eliminar las disposiciones que prevén tratamientos preferenciales, los cuales, aparte de generar inequidad, hacen compleja la aplicación, el cumplimiento y el control del impuesto para el contribuyente y para la autoridad tributaria y, por otra parte, se plantean modificaciones tendientes a ampliar el potencial recaudatorio de este impuesto.

Entre los principales cambios de la nueva Ley del ISR en relación con la anterior, se indican los siguientes:

Determinación de la base gravable para la PTU

Se propone que la determinación de la base gravable para la PTU se realice en los términos siguientes:

Ingresosacumulables

(-) Deducciones autorizadas

(=) Base gravable para la PTU

Al efecto, se aclara que de esa base no se disminuiría la PTU pagada en el ejercicio ni las pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores.

Ingresos por enajenaciones a plazo

En el caso de los ingresos por enajenaciones a plazo, se eliminaría la opción de acumular en el ejercicio la parte del precio cobrado en el mismo; por lo que de estos ingresos se tendría que acumular en el ejercicio el total del precio pactado.

Deducciones de las personas morales y de las personas físicas con actividades empresariales y profesionales

Donativos a la Federación y otras entidades. En el caso de los donativos a favor de la Federación, de las entidades federativas, de los municipios, o de sus organismos descentralizados, el monto deducible no podría exceder de 4% de la utilidad fiscal del contribuyente del ejercicio inmediato anterior, sin que en ningún caso el límite de la deducción total, considerando estos donativos y los realizados a donatarias autorizadas distintas, exceda de 7%.
Cuotas de seguridad social. 1. Se eliminarían como deducciones autorizadas, las cuotas al IMSS a cargo de los trabajadores que sean pagadas por los patrones.
2. Las cuotas incluidas en la Ley del Seguro de Desempleo podrían deducirse en el ISR.
Automóviles. 1. Disminuiría el límite deducible en la inversión de automóviles de $175,000 a $130,000.
2. Se ajustaría el límite de deducción para el arrendamiento de automóviles de $165 a $200; cabe observar que conforme a la exposición de motivos de la nueva Ley del ISR, ya no sería aplicable el límite de $250 que para estos efectos dispone el Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF el 30 de marzo de 2012.
Gastos en restaurantes. Los gastos en restaurantes, excepto los que se ubiquen como gastos de viaje, no serían deducibles en su totalidad; actualmente se permite la deducción de 12.5% de estos gastos.
Vales de despensa. Si se trata de vales de despensa que se otorguen a los trabajadores como previsión social, serían deducibles siempre que su entrega se realice a través de monederos electrónicos que al efecto autorice el SAT.
Salarios (nómina electrónica). Los pagos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado serían deducibles siempre que las erogaciones por concepto de remuneración, las retenciones correspondientes y las deducciones del impuesto local por salarios y, en general, por la prestación de un servicio personal subordinado, consten en comprobantes fiscales emitidos en los términos del CFF.
Costo de lo vendido. 1. Se eliminarían las referencias al sistema de costeo directo para determinar el costo de lo vendido; lo anterior, debido a que este sistema ya no se reconoce en las normas de información financiera (NIF).
2. Asimismo, se eliminarían las referencias al método de valuación de inventarios denominado "Ultimas entradas primeras salidas" (UEPS), pues el mismo ya no es reconocido por las NIF.
Pagos que sean ingresos exentos del trabajador. Los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador no serían deducibles hasta por la cantidad que resulte de aplicar el factor de 0.59 al monto de dichos pagos; es decir, tales pagos se podrían deducir en 41%.

Eliminación del régimen de consolidación fiscal

Con la nueva Ley del ISR se eliminaría el régimen de consolidación fiscal; por lo que mediante disposiciones transitorias

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se establecería un esquema de salida para estos grupos de sociedades. Por ello, se indicarían dos alternativas para el cálculo del impuesto diferido que se tuviera al 31 de diciembre de 2013, así como un esquema de pago fraccionado en cinco ejercicios para el entero del impuesto diferido.

Adicionalmente, las empresas que todavía se encuentren en el periodo obligatorio de cinco años de tributación en ese régimen podrían seguir aplicando las disposiciones de la consolidación fiscal y, una vez que concluya dicho periodo, tendrían que calcular y enterar el impuesto diferido que se tenga a esa fecha, a través del esquema fraccionado de pagos.

Nuevo régimen opcional para grupos de sociedades

La nueva ley incluiría un "Régimen opcional para grupos de sociedades", el cual incorporaría los conceptos de sociedad integradora y sociedades integradas.

Conforme a la exposición de motivos, con este régimen se brindarían condiciones fiscales propicias para que los...

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